En el bautismo se nos perdona la culpa y también la pena relacionada con el pecado.
En el Sacramento de la Penitencia se perdona la culpa y la pena eterna que merece el pecado, PERO NO el castigo temporal (pena temporal) que requiere la justicia divina. Este debe ser satisfecho en esta vida o en el Purgatorio
La Iglesia tiene el poder para efectuar la remisión de dicha pena temporal. Este poder fue dado por Cristo, es el poder de la llaves.
La Iglesia al conceder la indulgencia aplica su tesoro que son los méritos sobre-abundantes de Cristo y los santos, para la remisión de la pena. La Iglesia es la administradora (no dueña) de este tesoro. La Iglesia determina la cantidad y las condiciones para la concesión de la indulgencia. Toma en cuenta tanto la misericordia de Dios como los requisitos de su justicia.
La indulgencia es posible porque, igual que el pecado tiene un efecto comunal (el pecado de uno afecta el Cuerpo de Cristo), la salvación también tiene una dimensión comunal. Por eso podemos orar unos por otros. Los méritos Cristo y de los santos (por estar unidos a El en su Cuerpo Místico), nos benefician. Ver: Comunión de los Santos
La indulgencia presupone que el pecador ha cumplido con los requisitos de una buena confesión entre estos la satisfacción (penitencia) que el confesor impone.
La indulgencia es extra-sacramental (no es un sacramento). Requiere haber recibido el sacramento de confesión.
La indulgencia no puede remover la culpa sino solo la pena. La culpa es removida al hacer una buena confesión. Ningún papa ni concilio ha concedido a las indulgencias el poder de remitir la culpa, lo cual pertenece a la confesión sacramental. El papa Clemente V (1305-1314) condenó la práctica de proveer indulgencias que pretendían absolver la culpa y la pena del pecado (a culpa et a poena). Clemente, l. v, tit. 9, c. ii. El Concilio de Constanza (1418) revocó todas las indulgencias que contenían la fórmula "a culpa et a poena" -(sesión XLII, n. 14)
Muchísimos son los santos canonizados que confirman doctrina de las indulgencias: Entre los recientes: Santa Faustina y el Padre Pio.
La Iglesia publica un "Manual de Indulgencias".
En Inglés: The Manual of Indulgences, published by usccbpublishing.org.
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Indulgencia Parcial:
-Realizar la obra o la oración prescrita
-Estar en estado de gracia
Indulgencia Plenaria: .
-Tener la intención de ganar indulgencias
-Confesión Sacramental
-Comunión Eucarística
-Orar por las intenciones del Santo Padre (Padre Nuestro, Ave María y Gloria)para afirmar la propia pertenencia a la Iglesia, cuyo fundamento y centro visible de unidad es el Romano Pontífice
-No tener afecto a pecado alguno (ni venial siquiera)
Aunque la comunión y la oración por el santo Padre es requerida en el mismo día en que se ejecuta la obra o la oración, la confesión puede ser hecha 8 días antes o bien, 8 días después.
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2. La Confesión Sacramental.
Hacer una confesión profunda. La confesión puede hacerse el mismo día que se quiere ganar la indulgencia o bien, como se dijo: 8 días antes o bien, 8 días después.
3. La Comunión Eucarística.
Esta debe llevarse a cabo el mismo día en que quiera ganarse la indulgencia.
Exaltación de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana.
Extirpación de las herejías.
Propagación de la Fe.
Conversión de los pecadores.
Paz y concordia entre los príncipes cristianos.
Los demás bienes del pueblo cristiano.
a. La visita de adoración al Santísimo de media hora por lo menos.
b. La visita a los cementerios con la oración, por los difuntos y aplicada solamente a las almas del purgatorio, del día 1 al 8 de noviembre.
c. La adoración de la cruz, el Viernes Santo durante la solemne acción litúrgica.
d. En las primeras comuniones, a los que la reciben y a los que asisten devotamente.
e. A los participantes a ejercicios espirituales de tres días de duración por lo menos.
f. A los que recitan el rosario en una iglesia u oratorio público ante el Santísimo aunque no esté expuesto sino reservado en el sagrario, o lo recen en familia, o en asociación piadosa.
g. A los que leen la Sagrada Escritura por lo menos durante media hora.
h. El rezo del Vía Crucis, delante de las estaciones, legítimamente erigidas.
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INDULGENCIAS ESPECIALES DURANTE EL AÑO SACERDOTAL
ACERCA DEL PURGATORIO
HAY QUE ORAR POR LAS ALMAS DEL PURGATORIO
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que bien
ResponderEliminarsthefano fue
ResponderEliminarSaludos
ResponderEliminarTengo algunas consultas. No entiendo que significa "acciones en sustitución de la comunión eucarística, cumpliendo con los demás requisitos (si comulgaras obtendrías dos indulgencias plenarias)" ¿Quiere decir que la Comunión otorga indulgencia plenaria y además doble? ¿Podría explicarme?
Lo otro. Conozco muchas oraciones de siglos de antiguedad que tienen grandes indulgencias, pero ¿están vigentes? ¿fueron derogadas? ¿Puede un Papa derogar indulgencias plenarias concedidas por otro Pontífice?
Por ejemplo, existen oraciones del Papa San Gregorio I que tienen muchísimas indulgencias, pero me pregunto si estarán vigentes. O de repente encuentro que una oración tiene anotado "300 días de indulgencia" pero son como oraciones antiguas.
Muchas gracias por su respuesta!
A lo primero, al parecer hay un error en la redacción pues la indulgencia plenaria solo puede ser adquirida una vez en el transcurso del día (excepto en el momento de la muerte que puede volver a adquirirse).
EliminarSí, en efecto, las indulgencias son concedidas por la Iglesia y puede modificarlas. Ignoramos si determinadas indulgencias han sido o no derogadas. Lamentamos no poder despejar esa duda.
Un abrazo en Cristo.
Atte
CATOLICIDAD
Pero no entiendo. ¿Quiere decir que en la comunión eucarística, por el hecho de comulgar, se obtiene indulgencia plenaria?¿Me explica eso?
EliminarNo entiendo como la Iglesia puede derogar indulgencias en oraciones y actos piadosos. ¿Es de verdad asi?¿Tiene esa facultad?. No olvide que muchos masones están en cargos de la Iglesia y buscan demolerla.
Un abrazo en Cristo Rey!
Arturo S.
Arturo:
EliminarLa comunión eucarística es uno de los cinco requisitos para ganar la indulgencia plenaria. Esto es, que no basta por sí misma sin los otros cuatro.
A lo segundo, quien tiene la facultad de atar tiene la facultad de desatar. Quien tiene la facultad de conceder, la tiene también para dejar de conceder o bien, para otorgar de otra manera o en otras circunstancias.
Un abrazo en Cristo.
Eso mismo me pregunto porque Jesús le dijo a Santa Faustina que utilice el tesoro de la Iglesia para aplicar a las almas del purgatorio pero una vez saqué fotocopias de las Toties Quoties y unas consagradas dijeron que ya no servían....... sin palabras.
ResponderEliminarToties Quoties son pequeñas jaculatorias que se pueden aplicar a las benditas almas. Por ejemplo con decir Jesús, José y María tiene una cantidad de días de indulgencia a aplicar a las almas.
En un blog leí que antes había unas cuatro o cinco intenciones del Papa que eran fijas, no eran cambiadas como ahora, pero no las puedo encontrar, si alguien las conoce me gustaría poder anotarlas. Desde ya se los agradezco.
ResponderEliminarCuando uno reza por las intenciones del Papa, se refiere a las siguientes:
EliminarExaltación de la Santa Iglesia Católica Apostólica Romana.
Extirpación de las herejías.
Propagación de la Fe.
Conversión de los pecadores.
Paz y concordia entre los príncipes cristianos.
Los demás bienes del pueblo cristiano.
¡Muchísimas Gracias!
Eliminar¿Alguien sabe si son válidas aún las Toties Quoties?
EliminarEntonces en que quedó lo que Jesús le dijo a Santa Faustina que use los tesoros de la iglesia, ¿entonces ellos tiraron por la borda esos tesoros? ¿atar y desatar es para la confesión o para hacer lo que se les antoja sin mirar si es para bien o no? ¿el papa tiene autoridad suprema como monarca pero no absoluta, es para defender la fe y el culto no para hacer lo que quiere en detrimento del gobierno de la iglesia?
ResponderEliminarRepetimos que ignoramos si algunas indulgencias han sido o no derogadas. Que la Iglesia tiene el poder de determinar su uso es indudable. Si cierta disposición pastoral del Papa -aspecto en el que no es infalible, pues sólo lo es en FE y MORAL, y en determinadas condiciones- es o no para mejorar, es un aspecto analizable. Naturalmente el poder del Pontífice siempre debe ser usado para edificación. Nadie sostiene -mucho menos nosotros- que es "para hacer lo que se le antoja", como usted señala.
EliminarSi es conveniente o no determinada diposición pastoral, es -repetimos- un aspecto analizable y hasta opinable. Un Papa no es infalible en ese punto. No hemos dicho lo contrario. Entendemos su opinión. No hemos señalado que tal o cual disposición respecto de las indulgencias sea lo mejor o nos parezca inconveniente, por la sencilla razón que desconocemos si la ha habido o si no, ni -en caso de haberla habido- cómo se realizó y cuáles fueron sus objetivos. Es un tema que desconocemos, simplemente. Lo único que hemos señalado es que, efectivamente, se tiene el poder para legislar sobre ese aspecto.
Esperamos haber sido claros.
Un abrazo en Cristo
Atte
CATOLICIDAD
Hola saludos desde canarias, estoy buscando, el hecho de ofrecer llevar flores a la imágenes y luego no participan del día del Señor, no se van a salvar, porque yo les digo que les valen más una misa, que todas las promesas que puedan hacer, caminando o llevando flores luego hay una misa al mes en su pueblo y no van. O van poner flores cuando en esa iglesia no se celebra la eucaristía y más estando la iglesia cerrada durante un mes o más porque va poca gente. Hay quien va caminando a Santa Rita y cuando el sacerdote empieza la santa misa se van. ¿Eso les sirven para algo? yo me creo que no. Que Dios les bendigan.
ResponderEliminarQuisiera que me aclaren lo siguiente: si la confesion es una de las condiciones ¿quiere decir que debo confesarme CADA VEZ que quiero obtener una indulgencia plenaria? ¿o puedo seguir con las otras cuatro condiciones mientras esté en estado de gracia, es decir, seguir ganando indulgencias con una sola confesion? Espero que se entienda. Saludos
ResponderEliminarDebe hacerse cada vez, puede confesar sus pecados veniales si no hay pecado mortal.
Eliminara mi tampoco me queda claro... si quiero obtener una indulgencia me confieso, comulgo, rezo por el Papa, leo media hora...si al dia siguiente quiero obtener la indulgencia para un difunto ¿me confieso de nuevo... si no hay pecado mortal?
EliminarHay que considerar que la confesión puede ser hecha 8 días antes o bien, 8 días después. Y esa Confesión basta para ganar indulgencias plenarias diarias durante ese lapso (siempre que se cubran las demás condiciones). Pasado ese lapso, debe volverse a confesar si va a obtener otra(s) indulgencia(s) plenaria(s).
EliminarLa respuesta de arriba (9 de marzo), se refiere a cuando no es tan frecuente como el caso que usted menciona.
hay indulgencia plenaria para las personas que viven en concubinato, si tengo entendido que ni siquiera se pueden confesar menos comulgar??
ResponderEliminarEstando en pecado mortal NO se puede obtener ninguna indulgencia.
EliminarBuenos días, para una persona que acaba de fallecer y siento que aún está en el purgatorio... con una indulgencia plenaria lo ayudo a llegar al cielo?? Cuantas debo solicitar y cada cuando para que esto suceda?? Gracias
ResponderEliminarRecuerda que no es fácil ganar una indulgencia plenaria (lee todas las condiciones, como por ejemplo no tener ningún apego al pecado venial). De cualquier modo, si no la obtienes sí lograrías indulgencias parciales que puedes aplicar en beneficio de esa persona. Naturalmente, entre más se obtengan más pronto saldrá del purgatorio.
EliminarDisculpen, aqui, http://www.vatican.va/roman_curia/tribunals/apost_penit/documents/rc_trib_appen_pro_20000129_indulgence_sp.html menciona que, en un año Jubiar, mientras uno este en Gracia, la confesion puede ser hecha 20 dias antes/despues ademas de todos los requisitos que ya mencionaron, asumo que esta es la informacion correcta ?
ResponderEliminarSi asi es, me queda la duda que pasa si NO es jubilar el año ? También corre lo de los 20 días ?
Y por ultimo, confirmando, el Jubileo de la Misericordia que estamos viviendo, es Año Jubilar no? Gracias!
Buenas noches, tengo entendido que en el año de la misericordia esta se gana de igual modo ¿Cual es la diferencia?
ResponderEliminarYo hago el Rosario POR Las benditas animas ya tengo indulgencia parcial la.puedo ofrecer POR.mi abuelita ?
ResponderEliminarSí, claro.
ResponderEliminarNo entiendo... La indulgencia plenaria es para la remisión de TODAS las penas de los pecados cometidos hasta el momento en que se otorga, o es para la remisión de UNA pena por algún pecado en específico? Aclárenme,por favor, si pueden... Gracias
ResponderEliminarEs la remisión de toda pena debida por todos los pecados.
ResponderEliminarSi ya he confesado mis pecados mortales y recibido la absolución, para obtener la indulgencia plenaria, los debo confesar nuevamente. Gracias
ResponderEliminarSi no tienes nuevos pecados graves, puedes hacerlo o confesar pecados veniales.
Eliminarpero si como "Anonimo" dice: Confesar nuevamente los pecados mortales que ya fueron absueltos, no sería desconocer la misericordia de Dios, de que Él ya nos perdonó?...eso sería como echarle sal a la herida nuevamente....o aclarenme ..les agradezco
ResponderEliminarNo se está desconociendo la misericordia de Dios de ninguna manera ni que ya han sido perdonados.
EliminarBuenas noches
ResponderEliminarDisculpen tengo una duda para ganar una indulgencia plenaria en un año normal ¿los 4 requisitos se deben cimplir durante todo un año? Es decir la indulgencia se gana al finalizar el año? Ya cumplidos los 4 requisitos
Espero me.puedan entender mi pregunta
Muchas gracias Dios los bendiga
Se obtiene en cada ocasión, no al finalizar el año, siempre que se cumplan todas las condiciones establecidas.
EliminarHola, yo he ofrecido 42 rosarios ante El Santísimo por una causa... Puedo aprovechar esos rosarios para ganar indulgencias plenarias?. Saludos y bendiciones. Gloria.
ResponderEliminarSí, teniendo esa intención y cumpliendo las condiciones.
ResponderEliminarHola, tengo una duda, para ganar la indulgencia plenaria, hay que cumplir las 4 condiciones en el dia que se quiere ganar la indulgencia o dura varios dias, o como sería?; y la otra duda es, quien otorga las indulgencias plenarias? cualquier sacerdote no lo puede hacer verdad?
ResponderEliminarSon para el día. No, no las determina cualquier sacerdote.
ResponderEliminarHola, mi duda es, si se cumplen todas las condiciones, las indulgencias plenarias pueden ganarse cualquier día, o solo en fechas establecidas?
ResponderEliminarAlgunas son para determinada fecha y la mayoría para cualquier día, cumpliendo con todas las condiciones.
EliminarHola, me estoy liando. Me preguntaba si "leer la Sagrada Escritura por lo menos durante media hora" solamente se puede entender como acción sustitutiva de la comunión sacramental que es lo que parece que dice el post (ejemplo: visitar un cementerio en estas fechas, confesar, rezar por el Papa Y LEER la Sagrada Escritura) o bien si esa lectura pudiera ser en sí misma el presupuesto o la acción para una indulgencia, aunque sea parcial junto con la confesión, comunión y oración por las intenciones del Papa. ¿cuál de las dos interpretaciones es correcta? Gracias.
ResponderEliminarNo, no es una acción sustitutiva.
EliminarUn abrazo en Cristo.
Mi pregunta es si se puede ganar indulgencia por otra persona que está en vida todavía. Por ejemplo por mi papá se sostiene no creyente aunque a veces se le sale una expresión de "gracias a Dios" por ejemplo. El está muy enfermo y temo por su alma.
ResponderEliminarMi pregunta es si se puede ganar indulgencia por una persona viva es decir una persona que está aún en esta vida. su estado de confusión espiritual no le permite reconocer a Dios aunque a veces expresa "gracias Dios" por ejemplo
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