sábado, 31 de diciembre de 2016
FELIZ AÑO NUEVO
Les deseamos este 2017 que con un acto de Fe puesto en Dios, en la Piedra Angular que ha despreciado la sociedad moderna, restauremos todo en Cristo. Que sin perdida de tiempo nos apliquemos a multiplicar los talentos que le granjean al siervo fiel un lugar en la gloria. Fieles al ideal de santidad al que somos llamados, sabiendo que donde abunda el pecado sobreabunda la gracia. Dios es fiel y sabemos que no seremos confundidos.
Que con un acto de Esperanza afianzados en la Tradición, todos nuestros anhelos se proyecten al futuro sin veleidades ni utopías confiados en las lecciones que nos ha dejado la historia y en el ejemplo, que como herencia espiritual, nos legaron nuestros mayores. A los problemas de hoy las soluciones de siempre: fidelidad, oración y sacrificio.
Que realicemos un acto de Caridad generoso, entusiasta y conquistador, porque la caridad nos urge a abandonar nuestras zonas de confort e ir a la conquista de las almas con celo apostólico; a la conquista del espacio público; a la conquista del Reino de los Cielos instaurando el reinado social de Cristo Rey.
Actos de Fe, Esperanza y Caridad que anhelamos sean confirmados por la esperanza en el triunfo del Corazón Inmaculado de la dulcísima Virgen María.
Porque 2017 es el año del centenario de Fátima: Feliz y santo año 2017.
ACCIÓN DE GRACIAS POR UN AÑO MÁS
Padre nuestro que estás en los cielos,
dueño de la Verdad, del tiempo y de la eternidad:
Tuyo es el hoy y el mañana, el pasado y el futuro.
Al terminar el año 2016, en nombre propio y de los míos,
queremos darte gracias, por todo aquello que recibimos de Ti.
Gracias por la familia que nos diste, por la vida y el amor,
el aire y el sol, por la alegría y el dolor,
por todo cuanto fue posible y por lo que no pudo ser.
Gracias por acogernos en tu verdadera Iglesia.
Te ofrecemos todo cuanto hicimos este año que termina.
El trabajo que pudimos realizar,
las cosas que pasaron por nuestras manos,
y lo que con ellas pudimos construir de positivo.
También, Señor, hoy queremos pedirte perdón.
Perdón por nuestros pecados, por el mal que hemos causado,
por el tiempo perdido, por el dinero mal gastado,
por las omisiones, por la palabra inútil y el amor desperdiciado.
Perdón por las obras vacías y por el trabajo mal
hecho. Y perdón por vivir sin entusiasmo.
También por la oración, que poco a poco,
fuimos aplazando y que hasta ahora hacemos para agradecerte
todo lo que nos has dado.
Por todos nuestros olvidos, descuidos y silencios.
Nuevamente te pedimos perdón, Señor.
Iniciaremos un nuevo año y detenemos nuestra vida,
ante el nuevo calendario aún sin estrenar.
Te presentamos estos futuros 365 días, que sólo Tú sabes, quienes
llegaremos a vivirlos completos. Si no los terminamos...
ayúdanos a morir en Ti, en gracia santificante,
luego de haber acudido -sinceramente contritos-
al tribunal de la Confesión.
Hoy te pedimos para cada uno de nosotros:
la paz y la alegría, la fuerza y la prudencia, la caridad y la sabiduría,
el empeño para serte fieles y vivir siempre en tu Gracia,
pues sólo en Gracia se transita el camino seguro. Sólo el
necio esto no lo entiende, por lo que te pedimos
que nos quites cualquier venda que nos impida ver
nuestra estulticia.
Señor, ayúdanos a ser celosos
de tu gloria y la de tu Iglesia, y vivir sólo
por Ti, en Ti y para Ti.
Queremos vivir cada día con optimismo y bondad,
llevando a todas partes, un corazón lleno de
comprensión y paz que busque siempre la Verdad de tu Palabra.
Que nada nos arranque de ella, pues tu fe es nuestro mayor tesoro.
Cierra Tú nuestros oídos, a toda calumnia, a las falsas doctrinas
contra tu Palabra. Y nuestros labios, a palabras mentirosas,
egoístas, mordaces o hirientes. Abre, en cambio, nuestro ser a todo lo que es bueno.
Que nuestro espíritu, se llene sólo de bendiciones,
y las derrame a nuestro paso. Cólmanos de bondad y de alegría,
para que cuantos conviven con nosotros, o los que se acerquen,
encuentren en nuestras vida, un poquito de TI.
Gracias, Señor, por todo y perdona nuestras deudas
contigo. Guíanos a todos por la senda del camino
estrecho que nos permita un día entrar por la puerta angosta
y estar en tu regazo eterno para bendecirte
por los siglos de los siglos. Si para ello es necesario que utilices
tu mano derecha que nos sacuda, de antemano aceptamos
cualquier pena y dolor por difíciles que sean.
Danos un feliz 2017 y enséñanos a amarte viviendo
siempre en tu gracia, y seguirte con plena fidelidad.
Gracias, Señor, por todas las bendiciones del pasado año,
así como por las que derramarás el que inicia.
Inmaculado Corazón de María, encadena a tu Corazón
a toda la familia mía.
Amén.
viernes, 30 de diciembre de 2016
jueves, 29 de diciembre de 2016
miércoles, 28 de diciembre de 2016
martes, 27 de diciembre de 2016
MÁS CARDENALES FAVORABLES A QUE FRANCISCO CONTESTE LAS "DUBIA"
Se estiman muchos más que prefieren, de momento, no manifestarse
Las "dubia" presentadas al Papa Francisco por los cuatro Cardenales, S. E. R. Walter Card. Brandmüller, S. E. R. Raymond Leo Card. Burke, S. E. R. Carlo Card. Caffarra y S. E. R. Joachim Card. Meisner, para que aclare varios puntos de "Amoris laetitia" que parecen contradecir la Fe Católica, ya han recibido el apoyo de otros tres Cardenales Prefectos: S. E. R. Gerhard Ludwig Card. Müller, S. E. R. Robert Card. Sarah y S. E. R. George Card. Pell, Prefectos de la Congregación para la Doctrina de la Fe, de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, y de la Secretaría de Economía de la Santa Sede, respectivamente (ver aquí y aquí); de tres obispos: S. E. Mons. Jan Wątroba, Obispo de Rzeszów y Presidente del Consejo para la Familia de la Conferencia Episcopal Polaca, S. E. Mons. Jósef Wróbel, Obispo titular de Suas y auxiliar de Lublin (Polonia), y S. E. Mons. Athanasius Schneider, Obispo titular de Celerina y auxiliar de María Santísima en Astaná (Kazajistán) (ver aquí); y de vientitrés prestigiosos académicos, intelectuales y pastores católicos (ver aquí); a los que ahora se suman dos Cardenales más: S. E. R. Paul Josef Card. Cordes, Presidente emérito del Pontificio Consejo "Cor Unum". Lo ha hecho en una entrevista concedida al portal católico austríaco Kath.net y el Card. Renato Raffaele Martino (ver aquí).
COMENTARIO DE CATOLICIDAD:
LA DISPOSICIÓN CONTRAVIENE LO DETERMINADO EN LOS SÍNODOS PARA LA FAMILIA Y SE INTENTA IMPONERLA DE MANERA ARBITRARIA
Contrariamente a lo que dicen los defensores del sacrilegio (dar la Eucaristía a los divorciados en nueva unión), los Sínodos para la Familia no aprobaron tal medida, pues para empezar no se puede someter a votación el dogma (el haberlo hecho ya fue un abuso monstruoso e inconcebible, y si hubiese sido favorable al sacrilegio sería totalmente inválido) y, en segundo lugar, no alcanzaron los votos necesarios a favor de este sacrilegio. Por eso el texto de Amoris Laetitia contraviene los dos sínodos y fue deslizado con calzador para forzar lo que de antemano ya se había decidido en "lo oscurito". Así, la "colegialidad" -que tanto se pregona hoy en día- aplica solo cuando es favorable a lo que predeterminadamente se decidió y se arroja al cesto de la basura cuando le es contraria a la herejía modernista. Se hubieran ahorrado el gasto de ambos sínodos si no se iban a respetar los resultados de los mismos.
Fuentes: Catholicvs y Catolicidad.
lunes, 26 de diciembre de 2016
sábado, 24 de diciembre de 2016
FELIZ Y SANTA NAVIDAD
Navidad es la fiesta de la humanidad de Dios, de un Dios que ha querido hacerse hombre para participar de la condición humana, para ponerse así en favor del hombre para redimirlo y rescatarlo del pecado. Si es admirable el modo como creó la dignidad de la naturaleza humana, nos resulta más admirable la manera en que la restauró.
Esta es la fiesta de júbilo, porque no solo estuvo Dios con nosotros entonces, sino también ahora está entre nosotros al permanecer -con su Presencia Real- en la Eucaristía.
Navidad tras Navidad renace nuestra esperanza y nosotros tenemos el deber de sembrar y comunicar esa esperanza y ese júbilo en derredor nuestro.
¡Alegraos! El Señor está cerca. El ángel que comunicó a los pastores el nacimiento del Mesías les dijo que esa noticia les iba a llenar a todos de gozo. Por eso nuestro corazón exulta de amor ante ese Niño al que nadie quería dar posada y al que acabarán repudiando como Mesías y terminarán colgándolo de un madero y dándole muerte como si fuese un criminal.
Hoy sabemos que el Señor ha venido a salvarnos y para ello se hizo Niño y que más tarde lo veremos en toda su gloria venir a juzgarnos y, si somos fieles hasta el fin, a decirnos "Venid conmigo benditos de mi Padre".
Conmemoremos esa Noche Buena que dio cumplimiento a las profecías. Postrémonos llenos de amor, ante el Dios Niño que yace pobrecito en un portal abrigado con la paja. Ofrendémosle sinceramente nuestro corazón. No hagamos lo que ahora casi todo mundo hace: olvidarse de Aquél que es el celebrado. Prometámosle serle fieles hasta el último día de nuestra vida, pidámosle la gracia de nunca volver a pecar mortalmente y hagamos el firmísimo propósito de no seguir a los falsos pastores que desvirtúan su mensaje y tratan de destruir su Iglesia. Sabemos que su doctrina es inmutable y que quienquiera que la contradiga no debe ser seguido en su desviación.
Oh Dios, que has hecho brillar esta sacratísima noche con el resplandor de la verdadera luz, concédenos disfrutar en el cielo de los gozos de esa misma luz.
viernes, 23 de diciembre de 2016
miércoles, 21 de diciembre de 2016
LUTERO, CORRUPTOR DEL DERECHO Y LA POLÍTICA
Columna de Juan Manuel de Prada para ABC (España), 5 de Noviembre de 2016
LA VERDAD SOBRE LUTERO
Quinientos años después de la protesta de Lutero, uno puede hacerse el sueco, para obtener el aplauso del mundo, o bien puede atreverse a analizar con rigor intelectual lo que con aquel acontecimiento se sustanció. Esta segunda actitud, que en un mundo donde lo que mola es hacerse el sueco causa escándalo, es la que nos propone el excelente volumen “Consecuencias político-jurídicas del protestantismo” (Ediciones Marcial Pons), al cuidado del profesor Miguel Ayuso, en el que un selecto grupo de juristas procuran al lector consciente una serie de aproximaciones al pensamiento de Lutero y señalan las lacras políticas que en él tienen su origen. Celebrar el centenario de la protesta luterana es como si el sifilítico celebrase el día en que contrajo la sífilis.
Habría que empezar señalando, como hace el profesor Juan Fernando Segovia en una de las aportaciones más enjundiosas del libro, que al afirmar la salvación por la sola fe Lutero niega toda autoridad a la Iglesia, así como su papel mediador entre el creyente y Dios y la eficacia de los sacramentos. La Iglesia, para Lutero, es una organización opresora; y el Papado, la sede del Anticristo. Pero el libro que recomendamos hoy es valioso sobre todo porque nos desvela cómo las nociones teológicas oscurantistas de Lutero (depravación de la naturaleza humana, negación del libre albedrío, etcétera) corrompen y destruyen las instituciones políticas y sociales. Si el hombre es malo por naturaleza y su razón está corrompida, el poder se tendrá que erigir en puro ejercicio de la fuerza que reprima sus tendencias malignas. Así, ante la revuelta campesina de 1525, Lutero puede celebrar que se alce “la espada vengadora” contra los príncipes; y cuando los campesinos son derrotados puede solicitar tan pichi a los príncipes: “Perseguidlos y matadlos como a perros rabiosos. Dios os lo premiará”. Pues un poder civil entendido al modo luterano puede (¡viva la alternancia!) cambiar de titular como de chaqueta. Por otro lado, como nos recuerda José Luis Widow en otro pasaje del libro, establecida la premisa desquiciada de que la naturaleza humana está por completo corrompida, Lutero piensa lógicamente que la razón es “ciega, sorda, necia, impía y sacrílega”; de tal modo que está negada para querer el bien, incapacitada para el juicio moral. De ahí que Lutero pudiera recomendar a uno de los príncipes a los que adulaba que “pecase fuertemente”, aduciendo que su mera fe bastaría para salvarlo. La justificación por la sola fe conduce inevitablemente a la emancipación de la conciencia del juicio moral sobre nuestras acciones; y así se entroniza el puro subjetivismo, hasta que la tendencia natural al desorden exija la intervención de una ley humana que se imponga como ejercicio de poder. Pero, como señala el profesor Segovia, al afirmar la absoluta corrupción de la naturaleza humana, Lutero niega el valor de la ley: pues al mandar realizar tal o cual obra, la ley no hace sino (en palabras de Lutero) “poner de manifiesto la enfermedad, el pecado, la maldad” del hombre, a quien inevitablemente “asalta la tristeza, se siente afligido, hasta cae en la desesperación”. Que es, en efecto, la estación última del hombre concebido al modo luterano.
En “Consecuencias jurídico-políticas del protestantismo” se desgranan otras calamidades que tienen su origen en el pensamiento de Lutero, como la reducción de lo político a lo estatal, el nacionalismo, el capitalismo desembridado o la instauración de una libertad que no se orienta por la razón, sino por una “autodeterminación” cuyo único límite es no hacer daño a terceros (límite que, por supuesto, se acaba infringiendo, cuando tal daño beneficia al titular del poder). Así hasta desvelar la verdad sobre Lutero que otros prefieren ignorar, haciéndose los suecos.
martes, 20 de diciembre de 2016
lunes, 19 de diciembre de 2016
EL SÍMBOLO DE LOS APÓSTOLES
El Credo
Las verdades que debemos creer se encuentran en el Credo o Símbolo de los Apóstoles. Y recibe este nombre ya que fue compuesto y enseñado por ellos.
Los Apóstoles enseñaron oralmente un resumen de las verdades fundamentales que Cristo les había enseñado. Únicamente la Iglesia Católica posee lo que enseñaron los Apóstoles y sus legítimos sucesores, es decir, los Papas, obispos y sacerdotes católicos fieles a la fe de siempre. Separarse de esta Iglesia Católica es separarse de Cristo y rebelarse contra Él (Lc. 10, 16; Mt. 7, 15-23), lo que conlleva a caer en pecado.
Separarse de la Iglesia que viene de los Apóstoles es vivir en la ilusión, es perder la Fe verdadera que salva, es salirse del camino, es perder la vida y el camino que es Cristo, puesto que Cristo sigue su obra de salvación mediante su única Iglesia, la que Él fundó hace dos mil años: la Católica, Apostólica y Romana.
EL SÍMBOLO DE LOS APÓSTOLES
Creo en un sólo Dios, Padre Todopoderoso, Creador del cielo y de la tierra, de todas las cosas visibles e invisibles.
Creo en un solo Señor, Jesucristo, Hijo único de Dios, nacido del Padre antes de todos los siglos: Dios de Dios, Luz de Luz, Dios verdadero de Dios verdadero; engendrado, no creado, consubstancial al Padre por quien todo fue hecho, que por nosotros, los hombres, y por nuestra salvación bajó del cielo, y por obra del Espíritu Santo se encarnó de María, la Virgen, y se hizo hombre. Y por nuestra causa fue crucificado en tiempos de Poncio Pilato; padeció y fue sepultado, y resucitó al tercer día, según las Escrituras, y subió al cielo, y está sentado a la derecha del Padre; y de nuevo vendrá con gloria para juzgar a vivos y muertos, y su reino no tendrá fin.
Creo en el Espíritu Santo, Señor y dador de vida, que procede del Padre y del Hijo, que con el Padre y el Hijo, recibe una misma adoración y gloria, y que habló por los profetas.
Creo en la Iglesia, que es Una, Santa, Católica y Apostólica. Confieso que hay un solo Bautismo para el perdón de los pecados.
Espero la resurrección de los muertos y la vida del mundo futuro.
Amén.
domingo, 18 de diciembre de 2016
ACERCA DE LA LEY DEL ANTIGUO TESTAMENTO
Los preceptos de la Ley Antigua en relación a la Ley Nueva
Santo Tomás de Aquino
La Ley Antigua poseía tres géneros de preceptos: morales, ceremoniales y judiciales
Conforme a esto, debemos poner en la Ley tres géneros de preceptos: los morales, que son los dictámenes de la ley natural; los ceremoniales, que son las determinaciones sobre el culto divino, y los judiciales, o sea, las determinaciones de la justicia que entre los hombres se ha de observar. Por donde el Apóstol, después de afirmar que ‘la ley es santa’, añade que ‘el mandato es justo, y bueno, y santo’. Lo justo mira a los preceptos judiciales; lo santo, a los ceremoniales, pues santo se dice cuanto está a Dios consagrado; lo bueno, esto es, lo honesto, mira a los morales. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.99, a.4, co.)
Los preceptos morales: partes de los preceptos del Decálogo
Los preceptos morales se distinguen de los ceremoniales y judiciales. Los morales versan directamente sobre las buenas costumbres (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.100, a.1, co.)
Los preceptos [morales] de la Ley son partes de los preceptos del Decálogo (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.100, a.2, s.c.)
Los preceptos [morales] de la Ley son partes de los preceptos del Decálogo (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.100, a.2, s.c.)
Los preceptos ceremoniales: pertenecen al culto de Dios
Los preceptos ceremoniales determinan el sentido de los morales en lo que dice relación con Dios, como los judiciales determinan el de los preceptos morales en lo que mira a las relaciones con el prójimo. Pero el hombre se ordena a Dios por el debido culto, y así los preceptos ceremoniales, propiamente hablando, son los que pertenecen al culto de Dios. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.101, a.1, co.)
Los preceptos ceremoniales no podían purificar del pecado porque no encerraban en sí la gracia
La impureza de la mente, que es la impureza del pecado, no tenían virtud de limpiarla las ceremonias de la ley, porque la expiación de los pecados nunca se pudo hacer sino por Cristo, ‘que quita los pecados del mundo’, como se dice en Jn 1,29. […] No podían purificar del pecado, como el Apóstol dice en Heb 10,4: ‘Imposible era con la sangre de los toros o de los machos cabríos quitar los pecados.’ Por esto el Apóstol llama a estas ceremonias en Gál 4,9 elementos pobres y flacos: flacos, porque no pueden limpiar del pecado. Pero esta flaqueza les viene de su pobreza, porque no encierran en sí la gracia. […] Así pues, está claro que las ceremonias de la ley no tenían virtud de justificar. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.103, a.2, co.)
Los preceptos ceremoniales debieron desaparecer para instituir las ceremonias de la Ley Nueva
El culto exterior debe estar en armonía con el interior, que consiste en la fe, la esperanza y la caridad. Luego, según la diversidad del culto interior, debe variar el exterior. Podemos distinguir tres grados en el culto interior: el primero, en que se tiene la fe y la esperanza de los bienes celestiales y de aquellos que nos introducen en estos bienes, como de cosas futuras; y tal fue el estado de la fe y de la esperanza en el Viejo Testamento. El segundo es aquel en que tenemos la fe y la esperanza de los bienes celestiales como de cosas futuras; pero de las cosas que nos introducen en aquellos bienes las tenemos como de cosas presentes o pasadas, y éste es el estado de la Ley Nueva. El tercer estado es aquel en que unas y otras son ya presentes y nada de lo que se cree es ausente ni se espera para el futuro, y éste es el estado de los bienaventurados. En este estado de los bienaventurados, nada habrá figurativo de cuanto pertenece al culto divino; todo será acción de gracias y voces de alabanza (Is 51,3); por lo cual se dice en el Apocalipsis (21,22) que en la ciudad de los bienaventurados no se ve templo; porque el Señor Dios omnipotente es su templo junto al Cordero. Pero, por la misma razón, las ceremonias del primer estado, figurativo del segundo y del tercero, llegado el segundo estado, debieron desaparecer, para instituir otras ceremonias que se armonizasen con el estado del culto divino en aquel tiempo en que los bienes celestiales son futuros, pero los beneficios de Dios, que nos introducen en el cielo, son presentes.El misterio de la redención del género humano se consumó en la pasión de Cristo. Por esto dijo el Señor: ‘Acabado es’, según leemos en Jn 19,30, y entonces debieron cesar totalmente los ritos legales, como que ya estaba consumada su razón de ser. En señal de esto se lee que se rasgó el velo del templo (Mt 27,51). (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.103, a.3, co./ad2)
Es pecado mortal observar los ritos antiguos después de la Pasión de Cristo
Está la sentencia del Apóstol, que dice a los Gálatas 5,2: ‘Si os circuncidáis, Cristo no os aprovechará de nada.’ Pero nada excluye el fruto de la redención de Cristo, fuera del pecado mortal; luego el circuncidarse y observar los otros ritos legales después de la pasión de Cristo es pecado mortal.
Son las ceremonias otras tantas profesiones de la fe, en qué consiste el culto interior; y tal es la profesión que el hombre hace con las obras cual es la que hace con las palabras. Y, si en una y otra profesa el hombre alguna falsedad, peca mortalmente. Y, aunque sea una misma la fe que los antiguos patriarcas tenían de Cristo y la que nosotros tenemos, como ellos precedieron a Cristo y nosotros le seguimos, la misma fe debe declararse con diversas palabras por ellos y por nosotros pues ellos decían: ‘He aquí que la virgen concebirá y parirá un hijo,’ que es expresión de tiempo futuro; mientras que nosotros expresamos la misma fe por palabras de tiempo pasado: que la Virgen ‘concibió y parió.’ De igual modo las ceremonias antiguas significaban a Cristo, que nacería y padecería; pero nuestros sacramentos lo significan como nacido y muerto. Y como pecaría quien ahora hiciera profesión de su fe diciendo que Cristo había de nacer, lo que los antiguos con piedad y verdad decían, así pecaría mortalmente el que ahora observase los ritos que los antiguos patriarcas observaban piadosa y fielmente. Esto es lo que dice San Agustín en Contra Faustum: ‘Ya no se promete que nacerá Cristo, que padecerá, que resucitará, como los antiguos ritos pregonaban; ahora se anuncia que nació, que padeció, que resucitó, y esto es lo que pregonan los sacramentos que practican los cristianos.’ (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.103, a.4, s.c./co.)
Son las ceremonias otras tantas profesiones de la fe, en qué consiste el culto interior; y tal es la profesión que el hombre hace con las obras cual es la que hace con las palabras. Y, si en una y otra profesa el hombre alguna falsedad, peca mortalmente. Y, aunque sea una misma la fe que los antiguos patriarcas tenían de Cristo y la que nosotros tenemos, como ellos precedieron a Cristo y nosotros le seguimos, la misma fe debe declararse con diversas palabras por ellos y por nosotros pues ellos decían: ‘He aquí que la virgen concebirá y parirá un hijo,’ que es expresión de tiempo futuro; mientras que nosotros expresamos la misma fe por palabras de tiempo pasado: que la Virgen ‘concibió y parió.’ De igual modo las ceremonias antiguas significaban a Cristo, que nacería y padecería; pero nuestros sacramentos lo significan como nacido y muerto. Y como pecaría quien ahora hiciera profesión de su fe diciendo que Cristo había de nacer, lo que los antiguos con piedad y verdad decían, así pecaría mortalmente el que ahora observase los ritos que los antiguos patriarcas observaban piadosa y fielmente. Esto es lo que dice San Agustín en Contra Faustum: ‘Ya no se promete que nacerá Cristo, que padecerá, que resucitará, como los antiguos ritos pregonaban; ahora se anuncia que nació, que padeció, que resucitó, y esto es lo que pregonan los sacramentos que practican los cristianos.’ (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.103, a.4, s.c./co.)
Los preceptos judiciales, que regulan las relaciones humanas en el pueblo hebreo, cesaron con la venida de Cristo
Los preceptos judiciales – estos preceptos implican, pues, un doble concepto: que miran a regular las relaciones de los hombres y que no tienen fuerza de obligar de sola la razón, sino de institución divina o humana (S.Th. I-II, q.104, a.1, co.)
Los preceptos judiciales no tuvieron valor perpetuo y cesaron con la venida de Cristo. Pero de diferente manera que los ceremoniales. Porque éstos de tal suerte fueron abrogados que no sólo son cosa muerta, sino mortífera para quienes los observan después de Cristo, y más después de divulgado el Evangelio. Los preceptos judiciales están muertos, porque no tienen fuerza de obligar; pero no son mortíferos, y si un príncipe ordenase en su reino la observancia de aquellos preceptos, no pecaría, como no fuera que los observasen o impusiesen su observancia considerándolos como obligatorios en virtud de la institución de la ley antigua. Tal intención en la observación de estos preceptos sería mortífera. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.104, a.3, co.)
Los preceptos judiciales no tuvieron valor perpetuo y cesaron con la venida de Cristo. Pero de diferente manera que los ceremoniales. Porque éstos de tal suerte fueron abrogados que no sólo son cosa muerta, sino mortífera para quienes los observan después de Cristo, y más después de divulgado el Evangelio. Los preceptos judiciales están muertos, porque no tienen fuerza de obligar; pero no son mortíferos, y si un príncipe ordenase en su reino la observancia de aquellos preceptos, no pecaría, como no fuera que los observasen o impusiesen su observancia considerándolos como obligatorios en virtud de la institución de la ley antigua. Tal intención en la observación de estos preceptos sería mortífera. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.104, a.3, co.)
Cristo cumplió la Ley, y la perfeccionó con obras y doctrina; y dio la gracia para cumplir la Ley
Dice el Señor (Mt 5,17): ‘No he venido a anular la ley, sino a cumplirla; y después añade (Mt 5,18): ‘Ni una ‘jota’ o ápice pasará de la ley hasta que todo se cumpla.’Todo lo perfecto suple lo que a lo imperfecto falta; y, según esto, la Ley Nueva perfecciona a la antigua en cuanto suple lo que faltaba a la Antigua. En la Antigua Ley pueden considerarse dos cosas: el fin y los preceptos contenidos en ella. […] El fin de la Antigua Ley era la justificación de los hombres, lo cual la ley no podía llevar a cabo, y sólo la representaba con ciertas ceremonias, y con palabras la prometía. En cuanto a esto, la Ley Nueva perfecciona a la Antigua justificando por la virtud de la pasión de Cristo. Esto es lo que da el Apóstol a entender cuando dice en Rom 8,3: ‘Lo que era imposible a la ley, Dios, enviando a su Hijo en la semejanza de la carne del pecado, condenó al pecado en la carne, para que se cumpliese en nosotros la justificación de la ley.’ Y, en cuanto a esto, la Nueva Ley realiza lo que la Antigua prometía, según aquello de 2 Cor 1,20: ‘Cuantas son las promesas de Dios, están en él,’ esto es, en Cristo. Y, asimismo, en esto también realiza lo que la Antigua Ley representaba. Por lo cual, en Col 2,17, se dice de los preceptos ceremoniales que eran ‘sombra de las cosas futuras, pero la realidad es Cristo;’ esto es, la verdad pertenece a Cristo. Y por eso la Ley Nueva se llama ‘ley de verdad,’ mientras que la Antigua es ‘ley de sombra o figura’. Ahora bien, Cristo perfeccionó los preceptos de la Antigua Ley con la obra y con la doctrina; con la obra, porque quiso ser circuncidado y observar las otras cosas que debían observarse en aquel tiempo, según aquello de Gal 4,4: ‘Hecho bajo la ley.’ Con su doctrina perfeccionó los preceptos de la Ley de tres maneras: en primer lugar, declarando el verdadero sentido de la ley, como consta en el homicidio y adulterio, en cuya prohibición los escribas y fariseos no entendían prohibido sino el acto exterior; por lo cual el Señor perfeccionó la Ley enseñando que también caían bajo la prohibición los actos interiores de los pecados (Mt 5,20). En segundo lugar, el Señor perfeccionó los preceptos de la Ley ordenando el modo de observar con mayor seguridad lo que había mandado la Antigua Ley. Por ejemplo: estaba mandado que nadie perjurase, lo cual se observará mejor si el hombre se abstiene totalmente del juramento, a no ser en caso de necesidad (Mt 5,33). En tercer lugar, perfeccionó el Señor los preceptos de la Ley añadiendo ciertos consejos de perfección, como aparece por Mt 19,21 en la respuesta al que dijo que había cumplido los preceptos de la Ley Antigua: ‘Aún te falta una cosa; si quieres ser perfecto, vende todo lo que tienes,’ etc. (cf. Mc 10,21; Lc 18,22). (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.107, a.2, s.c./co.)
La Ley Nueva perfecciona la Ley Antigua
Toda ley ordena la vida humana a la consecución de un fin. […] Así pues, se pueden distinguir dos leyes: de un modo, en cuanto son totalmente diversas, como ordenadas a diversos fines. […] De otro modo pueden diferenciarse dos leyes, en cuanto que la una mira más de cerca el fin y la otra lo mira más de lejos. […] Así pues, hay que decir que del primer modo la Ley Nueva no es distinta de la Antigua, pues ambas tienen un mismo fin, a saber: someter a los hombres a Dios. Ahora bien, uno mismo es el Dios del Nuevo y del Antiguo Testamento, según aquello de Rom 3,30: ‘Uno mismo es el Dios que justifica la circuncisión por la fe y el prepucio mediante la fe.’ De otro modo, la Ley Nueva es diferente de la Antigua, porque la Antigua es como un ayo de niños, según el Apóstol dice (Gal 3,24); en cambio, la Nueva es ley de perfección, porque es ley de caridad, y de ésta dice el Apóstol en Col 3,14 que es ‘vínculo de perfección’.
Todas las diferencias señaladas entre la Nueva y la Antigua Ley están tomadas de su perfección o imperfección, pues los preceptos de la ley se dan acerca de los actos de las virtudes. […] Por esto la Ley Antigua, que se daba a los imperfectos, esto es, a los que no habían conseguido aún la gracia espiritual, se llamaba ‘ley de temor’, en cuanto que inducía a la observancia de los preceptos mediante la conminación de ciertas penas. De ella se dice que tenía también ciertas promesas temporales. En cambio, los que tienen el hábito de la virtud se inclinan a obrar los actos de virtud por amor de ésta, no por alguna pena o remuneración extrínseca. Por eso la Ley Nueva, que principalmente consiste en la misma gracia infundida en los corazones, se llama ‘ley de amor’, y se dice que tiene promesas espirituales y eternas, las cuales son objeto de la virtud, principalmente de la caridad; y por sí mismos se inclinan a ellas, no como cosas extrañas, sino como propias. Por eso también se dice que la Ley Antigua ‘cohibía la mano y no el ánimo,’ pues el que por temor del castigo se abstiene de algún pecado, no se aparta totalmente del pecado con la voluntad, como se aparta el que por amor de la justicia se abstiene del pecado. Por eso se dice que la Ley Nueva, que es la ley del amor, ‘cohíbe el ánimo’. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.107, a.1, co./ad 2).
Todas las diferencias señaladas entre la Nueva y la Antigua Ley están tomadas de su perfección o imperfección, pues los preceptos de la ley se dan acerca de los actos de las virtudes. […] Por esto la Ley Antigua, que se daba a los imperfectos, esto es, a los que no habían conseguido aún la gracia espiritual, se llamaba ‘ley de temor’, en cuanto que inducía a la observancia de los preceptos mediante la conminación de ciertas penas. De ella se dice que tenía también ciertas promesas temporales. En cambio, los que tienen el hábito de la virtud se inclinan a obrar los actos de virtud por amor de ésta, no por alguna pena o remuneración extrínseca. Por eso la Ley Nueva, que principalmente consiste en la misma gracia infundida en los corazones, se llama ‘ley de amor’, y se dice que tiene promesas espirituales y eternas, las cuales son objeto de la virtud, principalmente de la caridad; y por sí mismos se inclinan a ellas, no como cosas extrañas, sino como propias. Por eso también se dice que la Ley Antigua ‘cohibía la mano y no el ánimo,’ pues el que por temor del castigo se abstiene de algún pecado, no se aparta totalmente del pecado con la voluntad, como se aparta el que por amor de la justicia se abstiene del pecado. Por eso se dice que la Ley Nueva, que es la ley del amor, ‘cohíbe el ánimo’. (Santo Tomás de Aquino, S.Th. I-II, q.107, a.1, co./ad 2).
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