sábado, 30 de abril de 2016

EL CUARTO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS. HONRARÁS A TU PADRE Y MADRE. CATECISMO EN VIDEOS: TEMA VEINTISEIS.

COMPLEMENTADO CON EL CATECISMO DE SAN PÍO X



DE LOS MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS
Tomado del Catecismo mayor de San Pío X


CAPITULO III
DE LOS MANDAMIENTOS QUE MIRAN AL PRÓJIMO
1º.- Del cuarto mandamiento

401.- ¿Qué nos manda el cuarto mandamiento: HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE? - El cuarto mandamiento: Honrarás a tu padre y a tu madre, nos manda respetar al padre y a la madre, obedecerles en todo lo que no es pecado y asistirles en sus necesidades espirituales y temporales.
402.- ¿Qué nos prohíbe el cuarto mandamiento? - El cuarto mandamiento nos prohíbe ofender a nuestro padres de palabra, de obra o de otro modo cualquiera.
403.- ¿A quiénes más comprende este mandamiento con el nombre de padre y de madre? - Con el nombre de padre y madre comprende también este mandamiento a todos lo superiores, así eclesiásticos como seglares, a los cuales por esta razón debemos obedecer y reverenciar.
404.- ¿De dónde les viene a los padres la autoridad de mandar a sus hijos y a los hijos la obligación de obedecer a sus padres- La autoridad que los padres tienen de mandar a los hijos y la obligación de éstos de obedecerles viene de Dios, que constituyó y ordenó la familia para que suministre al hombre los primeros medios necesarios para su perfeccionamiento material y espiritual.
405.- ¿Tienen los padres deberes para con sus hijos? - Los padres tienen el deber de amar, alimentar y mantener a sus hijos, proveer a su educación religiosa y civil, darles buen ejemplo, alejarlos de las ocasiones de pecado, corregirlos de sus defectos y ayudarlos a abrazar el estado a que Dios los llama.
406.- ¿Nos ha propuesto Dios un dechado de familia perfecta? - Dios nos propuso un dechado de familia perfecta en la Sagrada Familia, en la que Jesucristo estuvo sujeto a María Santísima y a San José hasta la edad de treinta años, esto es, hasta que empezó a cumplir la misión de evangelizar que le confió su Eterno Padre.
407.- Podrían las familias proveer a todas sus necesidades si viviesen separadas? - Si las familias viviesen separadas no podrían proveer a todas sus necesidades; fue necesario que se juntasen en una sociedad civil, a fin de ayudarse mutuamente al perfeccionamiento y el bienestar común.
408.- ¿Qué es sociedad civil? - Sociedad civil es la unión de muchas familias dependientes de la autoridad de una cabeza para ayudarse unas a otras a conseguir el mutuo perfeccionamiento y el bienestar temporal.
409.- ¿De dónde le viene a la sociedad civil la autoridad por que es gobernada? - La autoridad por que es gobernada la sociedad civil viene de Dios, que quiere se constituya ésta para el bien común.
410.- ¿Hay obligación de respetar y obedecer a la autoridad que gobierna la sociedad civil? - Si, señor; todos los que pertenecen a la sociedad civil tienen obligación de respetar y obedecer a la autoridad, porque viene de Dios y porque así lo exige el bien común.
411.- ¿Se han de respetar todas las leyes que imponga la autoridad civil? - Se han de respetar todas las leyes que la autoridad civil impone, con tal que no sean contrarias a la ley de Dios, según el mandato y ejemplo de Nuestro Señor Jesucristo.
412.- Fuera del respeto y obediencia a las leyes impuestas por la autoridad, ¿qué otros deberes tienen los que forman parte de la sociedad civil? - Los que forman parte de la sociedad civil, fuera de la obligación de respetar y obedecer las leyes, tienen el deber de vivir concordes y de procurar, según sus medios, que la sociedad sea virtuosa, pacífica, ordenada y próspera para el común provecho.


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viernes, 29 de abril de 2016

ACTO DE CONTRICIÓN PARA REZARLO CON ESTAS ORACIONES TODAS LAS NOCHES ANTES DE DORMIR


Lo recomendable, antes de dormir, después de un breve examen de conciencia, es diariamente hacer -con verdadero arrepentimiento y propósito de enmienda- este acto de contrición y rezar un padrenuestro y la devoción de las tres avemarías (tal como se explica AQUÍ), así como la oración de Fátima, la de san Miguel Arcángel y por las almas del purgatorio (así como cualquier devoción particular pidiendo por quienes tenemos obligación de rezar: Iglesia, familiares, superiores, amistades, sacerdotes, país, etc.). Esto no quita más de cuatro o cinco minutos.

Oración de Fátima por los pecadores:

Oh Jesús mío, perdónanos y líbranos del fuego de infierno, lleva al Cielo a todas las almas, socorre especialmente a las más necesitadas de tu misericordia.

Oración a san Miguel Arcángel de León XIII:

San Miguel Arcángel, defiéndenos en la lucha, sé nuestro amparo contra la perversidad y asechanzas del demonio. Que Dios manifieste su poder contra él, es nuestra humilde súplica. Y tú, oh príncipe de la milicia celestial, con el poder que Dios te ha conferido, arroja al infierno a Satanás y a los demás espíritus malignos que ambulan por el mundo para la ruina y perdición de las almas.

Oración por las almas del purgatorio dictada por N.S. Jesucristo a santa Gertrudis:

Padre eterno, yo te ofrezco la preciosísima Sangre de tu Divino Hijo Jesús, en unión con las misas celebradas hoy día a través del mundo por todas las benditas ánimas del purgatorio.



Recuerda que el Acto de Contrición perfecto no es suficiente para poder comulgar, para ello es necesario ir con el sacerdote y confesar antes cualquier pecado mortal que se tenga. El padre Loring no desaconseja el rezo del Señor mío Jesucristo (a menos que se diga como perico), sino que propone una alternativa para habituarse a realizar un acto de contrición perfecto más breve para casos de peligro. Lo fundamental del ACTO DE CONTRICIÓN PERFECTO es que sea sincero, por amor a Dios y detestando nuestros pecados para luchar firmemente por no volver a cometerlos, es decir, implica un propósito de enmienda (y supone la intención de confesar a la brevedad).

TEMA COMPLEMENTARIO: http://www.catolicidad.com/2013/06/puede-dios-perdonarme-si-no-hay-un.html

jueves, 28 de abril de 2016

SE INAUGURARON LAS JORNADAS DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE JURISTAS CATÓLICOS EN LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC


El miércoles 27 de abril se inauguraron en la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac de la Ciudad de México en Huixquilucan (Sala de Juicios Orales) las I Jornadas de la Asociación Mexicana de Juristas Católicos (V Jornadas Hispánicas de Derecho Natural) que versan sobre "las Consecuencias Político-Jurídicas del Protestantismo, a los Quinientos Años de Lutero" (el daño causado por la reforma protestante).

La primera ponencia tocó al Dr. Alejandro Ordoñez (Universidad Santo Tomás de Santafé de Bogotá -Colombia-) que brillantemente disertó sobre "La libertad protestante en los ordenamientos jurídicos modernos y contemporáneos".

Como segundo conferenciante, el Dr. Juan Fernando Segovia (Universidad de Mendoza -Argentina-), abordó con elocuencia el importante tema relativo a "La secularización como resultado de la laicidad protestante".

Estas jornadas con prestigiosos ponentes internacionales -como oportunamente informamos- continuarán durante los días 28 (todo el día) y 29 de abril. La clausura se llevará  a cabo el viernes a las 12.00 hrs. La entrada es libre registrándose al llegar a la sede del evento.  El programa puede verse aquí (haz clic): JORNADAS DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE JURISTAS CATÓLICOS

martes, 26 de abril de 2016

LOS LAICOS NO SON MÁS IMPORTANTES QUE LA JERARQUÍA DE LA IGLESIA

"El sacerdocio es la suprema dignidad entre todas las dignidades creadas". (San Alfonso María de Ligorio. Selva de materias predicables e instructivas, cap. I, 1).
Nada como un sacerdote que es fiel a Cristo

De la Iglesia docente y de la Iglesia discente

Entre los miembros que componen la Iglesia hay una distinción notabilísima, porque hay en ella quien manda y quien obedece, quien enseña y quien es enseñado.

La parte de la Iglesia que enseña se llama docente o enseñante.

La parte de la Iglesia que aprende se llama discente o enseñada.

Esta distinción en la Iglesia la ha establecido el mismo Jesucristo.

La Iglesia docente y la Iglesia discente son dos partes distintas de una misma y única Iglesia, como en el cuerpo humano la cabeza es distinta de los otros miembros, y con todo forma con ellos un solo cuerpo.

Componen la Iglesia docente todos los Obispos, con el Romano Pontífice a la cabeza, ya se hallen dispersos, ya congregados en Concilio.

Componen la Iglesia discente o enseñada todos los fieles.

Por ello no es posible creer católicamente que los laicos -ni varones ni mujeres- puedan ser más importantes que la jerarquía y que los sacerdotes ("El sacerdocio es la suprema dignidad entre todas las dignidades creadas", dice san Alfonso Ma. de Ligorio al explicar la enseñanza de la Iglesia), así lo sostenga como opinión personal (falible, al no usar la prerrogativa de la infalibilidad) acerca de las mujeres el propio Papa*.

El sacerdote está ungido y consagrado a Dios.

La autoridad de enseñar la tienen en la Iglesia el Papa y los Obispos, y con dependencia de ellos, los demás sagrados Ministros. Esta enseñanza debe ser siempre fiel al Sagrado depósito de la fe y en concordancia con lo que siempre y en todas partes ha enseñado la Iglesia. San Vicente de Lerins, Padre de la Iglesia del siglo V, en sus Apuntes para conocer la verdadera fe o Commonitorium explica que es lo que se presenta como un consenso universal en la Iglesia, desde la aurora de la fe, y que no debe alterarse nunca porque es oro, y el oro debe conservarse: "Es verdadera y propiamente católico lo que fue creído en todas partes, siempre, por todos". "Has recibido oro, debes entregar oro (...) no plomo, no bronce, en lugar del precioso metal". "El cristiano deberá hacer todo lo posible para adherirse a la antigüedad, la cual no puede evidentemente ser alterada por ninguna nueva mentira". "Por consiguiente, anunciar a los cristianos alguna cosa diferente de la doctrina tradicional no era, no es, no será nunca lícito; y siempre fue obligatorio y necesario, como lo es todavía ahora y lo será siempre en el futuro, reprobar a quienes hacen bandera de una doctrina diferente de la recibida". 

Cuando es así, cuando se enseña la doctrina tradicional de la Iglesia, todos estamos obligados a escuchar a la Iglesia docente (conformada también por todos los papas y concilios de 2,000 años de Iglesia, pues el Magisterio de la Iglesia se compone por todas las enseñanzas infalibles definidas durante toda la historia de la Iglesia con base en la Revelación divina), so pena de eterna condenación, porque Jesucristo dijo a los Pastores de la Iglesia en la persona de los Apóstoles: “El que a vosotros oye, a Mí me oye, y el que a vosotros desprecia, a Mí me desprecia”.

Además de la autoridad de enseñar, tiene la Iglesia especialmente el poder de administrar las cosas santas, hacer leyes y exigir su cumplimiento.

El poder que tienen los miembros de la Jerarquía eclesiástica no viene del pueblo, y decir esto sería herejía, sino que viene únicamente de Dios.

El ejercicio in constructione (en construcción y solo para construcción, nunca para destrucción) de estos poderes compete exclusivamente al orden jerárquico, es decir, al Papa y a los Obispos a él subordinados, considerando siempre lo definido por el Concilio Vaticano Primero: “El Espíritu Santo no fue prometido a los sucesores de Pedro para que por revelación suya manifestaran una nueva doctrina, sino para que, con su asistencia, santamente custodiaran y expusieran fielmente la revelación transmitida por los apóstoles”. El Papa es DEPOSITARIO, no inventor de la Doctrina Católica.

Cuando la Verdad revelada es contradicha, tanto la Iglesia docente como la discente tienen el derecho y el deber de defenderla.




*NOTA: Dijo Francisco: "La mujer, en la Iglesia, es más importante que los obispos y los sacerdotes; el cómo es lo que debemos intentar explicitar mejor". Ver aquí: https://www.youtube.com/watch?v=RJ_ruIIKOco

lunes, 25 de abril de 2016

EL DEMONIO MUDO DE LA IMPUREZA



Discípulo. —Padre, no hace mucho ha nombrado Ud. al demonio mudo; ¿qué es eso del demonio mudo?

Maestro. —Es el demonio de la impureza o deshonestidad. Jesús mismo lo llamó así en el Santo Evangelio.

D. — ¿Qué cosa es impureza o deshonestidad?

M. —Son todos los pecados prohibidos en el sexto y noveno mandamientos, es decir, las acciones, las miradas, palabras o deseos malos y la infidelidad y malicia en el matrimonio.

D. — ¿Es pecado muy grave el de la impureza?

M. — Es gravísimo y abominable a los ojos de Dios y de los hombres. Rebaja a quien lo comete a la condición de los brutos, es causa de muchos otros pecados y provoca los más terribles castigos, tanto en esta vida como en la otra.

La Sagrada Escritura designa al pecado impuro con los nombres más infames: “delito pésimo, cosa detestable, cosa horrible, maldad innominable”. San Pablo declara expresamente: Que ni los muelles, los que pecan a solas; ni los fornicadores, los que pecan con otra persona: ni los adúlteros, los que son infieles al matrimonio, irán al Paraíso.

D. — ¡Pobres de nosotros! Es preciso ir alerta.

M. —Ciertamente. Los Santos Padres están concordes en decir que la impureza es el pecado que mayor número de personas arrastra al infierno.

D. — ¿De veras?

M. —Sí, por cierto. San Agustín afirma: así como la soberbia ha poblado el infierno de ángeles rebeldes, así la deshonestidad lo llena de hombres. Y San Alfonso añade, que todo cristiano que se condena, se condena o por deshonestidad, o entra allí manchado también con ese feo pecado.

D. — ¿Cuál será la causa de ello?

M. — Son dos los motivos principales: Primero, porque los pecadores de la deshonestidad se encuentran fácilmente; Segundo, porque quien a ellos se habitúa, difícilmente se enmienda.

D. — ¿Por qué se cometen con tanta facilidad?

M. — No debe creerse que los pecados de deshonestidad consistan tan solamente en la fornicación, adulterio y otras enfermedades por el estilo; éstos son los más graves. Para pecar mortalmente contra la pureza, bastan las miradas lascivas, las lecturas obscenas, las canciones impúdicas, los gestos y las palabras de doble sentido, los galanteos licenciosos, los actos deshonestos y hasta los pensamientos y complacencias internas y los deseos impuros cuando son deliberadamente consentidos.

D. — Y ¿por qué son tan difíciles de corregir?

M. — Porque, frecuentemente, un pecado llama a otro pecado, una impureza a otra impureza, hasta que en breve se forja una cadena que ya no se rompe nunca. También aquí puede decirse ¡Ay del que comienza!

D. —Así ha de ser. Mas la confesión, ¿no sirve para nada? ¿No basta para romper esa cadena?

M. —La confesión siempre es un medio poderosísimo, cuando se hace bien; más aquí está el peligro, el engaño del demonio mudo, que procura amordazar la lengua, para que se callen o se confiesen mal estos pecados, como antes hemos visto.

D. — ¡Ah! Si los que caen en estos pecados se confesasen siempre bien; ¿no es verdad, Padre, que pronto se corregiría de la deshonestidad? La confesión tendría en ellos virtud suficiente para contrarrestar sus perversas inclinaciones.

M. — Exactamente. El demonio mudo, es amigo de las tinieblas, la confesión aporta la luz al alma y la luz ahuyenta los pecados.

D. —Entonces, ¿es que la misericordia de Dios abandona al pecador deshonesto?

M. —No, precisamente es lo contrario. Dios no abandona al pecador deshonesto, sino que éste abandona a Dios, o porque no piensa en El, o lo que es peor, despreciándole como hemos visto anteriormente; por lo cual a la deshonestidad se le apellida madre de la impenitencia final; y así es dicho de los santos que “vida deshonesta, muerte impenitente”.

D. — ¿Por qué será la madre de la impenitencia final?

M. —Porque los moribundos deshonestos, generalmente, no se confiesan. Los tales, o no quieren confesarse, o no se resignan a dejar el pecado, o no se arrepienten como debieran.

D. — ¿Hasta en aquella hora suprema?

M. —Sí, aún entonces. Prefieren perder el Paraíso e irse al infierno antes que confesarse debidamente.

Martín Lutero era monje agustino a causa de un amor impuro abandonó el convento, se rebeló contra la Iglesia, fundó el protestantismo, y con su vida rota, dio los más graves escándalos.

Bien entrada la noche se hallaba una vez al balcón de una posada con su compañera de pecado, Catalina Bora. El cielo estaba limpio y miríadas de estrellas centelleaban alegremente: Ella, tal vez asqueada de aquella vida de remordimientos, de repente, vuelta a Lutero, le dice: “¡Mira, Martín, cuan bello es el cielo!” A estas palabras, Martín, recostando su cabeza sobre Catalina y exhalando un profundo suspiro, exclama: “¡Sí, Catalina, bello es el cielo, pero no es para nosotros!” — ¡Desgraciado! Sentía perder el Paraíso y acercarse el infierno, pero confesaba su imposibilidad de salir de aquel atolladero, y poco después moría en aquella misma posada con señales de la más terrible desesperación y tragándose sus propios excrementos. Vida deshonesta, muerte impenitente.

Teodoro Beza, sucesor de Calvino, y corifeo de la reforma protestante, atacado de una mortal enfermedad, fue visitado por San Francisco de Sales, que con su celo apostólico intentó por todos los medios a su alcance inducirlo a abjurar el error, entrar de nuevo a la Iglesia Católica y disponerse a una muerte cristiana.

Lloraba Teodoro al oír las fervorosas exhortaciones del Santo Obispo, más de vez en cuando suspirando decía: ¡Imposible! —Finalmente, insistiendo el Santo por saber el porqué de aquella palabra “imposible”, Teodoro, haciendo un esfuerzo supremo, apoyándose sobre uno de sus codos, retiró la cortina que ocultaba una alcoba y señalando a una mujer allí escondida, dijo: “He aquí el porqué de mi imposibilidad de convertirme y de salvarme”. La muerte y el infierno antes que dejar el pecado.

En la ciudad de Espoleto, vivía una joven bien parecida, pero de muy disolutas costumbres, entregada en absoluto a la vanidad y a los bailes.

Avisada diferentes veces para que se corrigiese, siempre despreciaba orgullosamente las caritativas amonestaciones, pagándolas con locas burlas. Su propia madre, complacida de la hermosura y desenfado de su hija, gozaba de verla cortejada de muchachos amantes y dejaba correr las cosas, con la esperanza de que pasado el fervor de la juventud entraría alguna vez en juicio.

¡Oh ciega y desaconsejada madre, que por no corregirla engañas a tu propia hija y la dejas correr hacia el deshonor y la ruina! ¿Qué sucedió?

Enfermó gravemente aquella desgraciada hija. Algunas personas respetables del vecindario que iban a asistirla le exhortaban a que llamase al sacerdote, recibiera los Sacramentos, y se preparase para la muerte. Pero la miserable, obstinada decía: “¿Cómo, yo tan joven, tan hermosa, he de morir? ¡Imposible!, ¡yo no quiero morirme!” Llegó por fin el sacerdote; éste a su vez le conjuraba a que tuviera juicio, que sé encomendase a María Santísima, que le podría sorprender la muerte... “Qué muerte ni qué ocho cuartos... Yo he de sanar...No he de morirme, no quiero”.

Al fin viendo que tanto le insistían, y notando que le iban faltando las fuerzas, en un esfuerzo supremo exclamó llena de rabia: “Bien, si es así que me he de morir, ven tú, ¡oh diablo, y llévate mi alma!” Cubriéndose la cara con la sábana, murió desesperada. “Vida deshonesta, muerte desesperada”.

Escucha esto último y horroricémonos.

Un caballero de malas costumbres tenía consigo desde algún tiempo atrás una muchacha tan malvada como él. A quien le hablaba de despedirla le confesaba con un desdeñoso “no puedo”. Pero vínole la muerte y se encargó de hacerlo. Enfermó de gravedad el desgraciado caballero, y en los últimos momentos, vino un sacerdote a prepararle para el terrible paso a la eternidad. Con tanta caridad le trató, que el enfermo muy compungido le dijo: “Con mucho gusto, aun cuando he llevado una vida tan escandalosa, quiero morir bien con una santa confesión”.

— ¿Queréis, pues recibir los Sacramentos como pertenece a un buen cristiano?

— Con mucho gusto los recibiré, si usted se digna administrármelos.

Mas para esto es preciso que antes despidáis a aquella joven, ocasión de vuestros pecados.

— ¡Ah, Padre, eso sí que no puedo hacerlo!

— Y ¿por qué no podéis? Podéis y debéis hacerlo, mi caro señor, si queréis salvaros.

— ¡Digo que no puedo!

— Pero, ¿no comprendéis que la muerte que tenéis tan cerca, tiene que quitárosla, por la fuerza?

— ¡No puedo, Padre, no puedo! De esta forma, ni yo puedo absolveros, ni administraros los sacramentos, perderéis el Paraíso y os precipitaréis en el infierno.

— ¡No puedo!

–– ¿Es imposible que no os resolváis a cambiar de parecer? Pensad en vuestro honor y estima, si morís. “No puedo”, repite por última vez el desgraciado, y asiéndola del brazo, la acerca a sí y abrazándola con vehemencia, entre aquellos impuros brazos, exhaló su alma impura. “Vida deshonesta, muerte impenitente”.

D. —Tremendo, pero justo castigo de Dios. ¿Será posible, Padre, que no se pueda abandonar el pecado?

Cuenta San Agustín que cierto hombre, por más que se le avivase, rogase y conjurase a que abandonase una casa, que con grande escándalo frecuentaba, jamás se le pudo inducir a ello, diciendo que no podía de ninguna manera. Cierto día corrió que en aquella misma casa le sobaron la badana (N. de la R.: significa que le dieron una paliza) de lo lindo.

¿Lo creerás? No volvió a aquella casa; desapareció como por encanto, la pretendida imposibilidad, y en lo sucesivo, ni siquiera pasaba por delante de la casa.

“Quod non facit Dominus, concluye el Santo, facit baculus”.

Lo que Dios no hizo, ni el amor de su alma, lo consiguió el palo.

D. — ¡Qué buen medio, Padre, para quitar a muchos la imposibilidad de abandonar los pecados y sus ocasiones! ¡Qué sermón tan eficaz sería el del palo!

CONFESAOS BIEN

Pbro. José Luis Chiavarino


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sábado, 23 de abril de 2016

UN ÉXITO LA 5a. MARCHA POR LA VIDA EN LA CIUDAD DE MÉXICO


Miles de mexicanos inundaron el Paseo de la Reforma y el Monumento a la Madre este sábado. Salieron a defender la vida y a dar voz a quienes no la tienen, en la marcha que anualmente efectúa la organización Pasos x la Vida. Enhorabuena. Los esperamos, de nuevo, el año entrante.

miércoles, 20 de abril de 2016

FILIAL PROMESA QUE POR AMOR HAREMOS A NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO... POR SI TUVIÉRAMOS LA DESGRACIA DE LLEGAR A ESTAR EN PECADO MORTAL

"Mi pecado más incurable era el no creerme pecador": San Agustín

ENSEÑANZAS IRREFORMABLES DEL CONCILIO DOGMÁTICO DE TRENTO

Canon XI sobre la Eucaristía:

CAN. XI. Si alguno dijere, que sola la fe es preparación suficiente para recibir el sacramento de la santísima Eucaristía; sea excomulgado. Y para que no se reciba indignamente tan grande Sacramento, y por consecuencia cause muerte y condenación; establece y declara el mismo santo Concilio, que los que se sienten gravados con conciencia de pecado mortal, por contritos que se crean, deben para recibirlo, anticipar necesariamente la confesión sacramental.. Y si alguno presumiere enseñar, predicar o afirmar con pertinacia lo contrario, o también defenderlo en disputas públicas, quede por el mismo caso excomulgado.

Sobre la contrición y el propósito de enmienda como requisito para recibir la absolución sacramental:

La Contrición, que tiene el primer lugar entre los actos del penitente ya mencionado, es un intenso dolor y detestación del pecado cometido, con propósito de no pecar en adelante. En todos tiempos ha sido necesario este movimiento de Contrición, para alcanzar el perdón de los pecados; y en el hombre que ha delinquido después del Bautismo, lo va últimamente preparando hasta lograr la remisión de sus culpas, si se agrega a la Contrición la confianza en la divina misericordia, y el propósito de hacer cuantas cosas se requieren para recibir bien este Sacramento. Declara, pues, el santo Concilio, que esta Contrición incluye no sólo la separación del pecado, y el propósito y principio efectivo de una vida nueva, sino también el aborrecimiento de la antigua, según aquellas palabras de la Escritura: Echad de vosotros todas vuestras iniquidades con las que habéis prevaricado; y formaos un corazón nuevo, y un espíritu nuevo.

Sobre la indisolubilidad del sacramento del matrimonio

CAN. VII. Si alguno dijere, que la Iglesia yerra cuando ha enseñado y enseña, según la doctrina del Evangelio y de los Apóstoles, que no se puede disolver el vínculo del Matrimonio por el adulterio de uno de los dos consortes; y cuando enseña que ninguno de los dos, ni aun el inocente que no dio motivo al adulterio, puede contraer otro Matrimonio viviendo el otro consorte; y que cae en fornicación el que se casare con otra dejada la primera por adúltera, o la que, dejando al adúltero, se casare con otro; sea excomulgado.
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LA ÉTICA SITUACIONAL ESTÁ CONDENADA POR LA IGLESIA

La "ética (o moral) situacional" es un error condenado por el papa Pío XII* y por el Santo Oficio en 1956. Este error propone como norma moral EL SUBJETIVISMO, pues sostiene que la propia conciencia no puede ser ordenada por principios y leyes universales (como los Diez mandamientos y la Revelación), sino que en cada caso ha de verse conforme a las concretas condiciones o circunstancias en las que hay que actuar, y de acuerdo con lo cual la conciencia individual tiene que juzgar y elegir. Así, según los modernistas, la conciencia subjetiva (aunque esté culpablemente mal formada) prevalece sobre la moral objetiva. Este gravísimo error está presente en Amoris laetitia, pues sin negar los principios, los viola y los contradice en la práctica pastoral, invocando -sin nombrarla- la "ética situacional", pues en vez de ayudar y corregir a las conciencias que estuvieran deformadas, las apoya en su error y las precipita al abismo.

Santo Tomás de Aquino define la conciencia como un acto de juicio práctico mediante el cual se aplican los principios universales a las acciones particulares (S. Th., I, q. 79, a. 13). En consecuencia, según la moral recta, la conciencia aplica la norma moral objetiva al caso particular; no crea la norma en función de la situación subjetiva en que se halle el sujeto.

La "ética situacional" anula la objetividad de la moral volviéndola subjetiva, individual y personal, con lo que el sujeto se siente autorizado a juzgar que tal o cual mandamiento o virtud objetivos no son practicables por él en la situación en que se encuentra y, por ende, según él, no le obligan.


*Nota: La neomoral de situación fue condenada por la Iglesia mediante tres solemnes declaraciones pontificias de Pío XII: el Radiomensaje a los educadores cristianos, del 23 de marzo de 1952 (AAS, nº 44, 1952, pág. 273); el Discurso a los delegados de la Federación Mundial de las Juventudes Femeninas Católicas (AAS, nº 44, 1952, pág. 414), y el Discurso con ocasión del quinto Congreso Mundial de Psicología Clínica, del 13 de abril de 1953 (AAS, nº 45, 1953, pág. 278). Por remate, el Santo Oficio promulgaba, respecto a la neomoral, un decreto fechado el 2 de febrero de 1956 (AAS, nº 48, 1 956, págs. 144-145).



Ver también (haz clic): 1) http://www.catolicidad.com/2016/04/amoris-laetitia.html  2)http://www.catolicidad.com/2009/05/¿comulgar-sin-confesarse?.html  3) http://www.catolicidad.com/2012/03/cinco-pasos-que-se-requieren-para-confesarse-bien.html

sábado, 16 de abril de 2016

EL SEGUNDO Y TERCER MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS. CATECISMO EN VIDEOS: TEMA VEINTICINCO.

COMPLEMENTADO CON EL CATECISMO DE SAN PÍO X



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DE LOS MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS
Tomado del Catecismo mayor de San Pío X

2º.- Del segundo mandamiento

374.- ¿Que nos prohíbe el segundo mandamiento: NO TOMARÁS EL NOMBRE DE DIOS EN VANO? - El segundo mandamiento: No tomarás el nombre de Dios en vano, nos prohíbe: 1º., pronunciar el nombre de Dios sin respeto; 2º., blasfemar contra Dios, contra la Santísima Virgen y contra los Santos; 3º., hacer juramentos falsos o no necesarios o de algún modo ilícitos.
375.- ¿Qué quiere decir pronunciar el nombre de Dios sin respeto? - Pronunciar el nombre de Dios sin respeto quiere decir pronunciar este santo nombre y todo lo que se refiere de un modo especial al mismo Dios, como en nombre de Jesús, de María y de los Santos, con algún enojo, por burla o de otra manera poco reverente.
376.- ¿Qué es blasfemia? - Blasfemia es un pecado horrendo, que consiste en palabras o acciones de menosprecio o maldición contra Dios, la Virgen, los Santos o contra las cosas santas.
377.- ¿Hay diferencia entre la blasfemia y la imprecación? - Hay diferencia, porque con la blasfemia se maldice o desea el mal a Dios, a la Virgen, a los Santos; mientras con la imprecación se maldice o se desea el mal a sí mismo o al prójimo.
378.- ¿Qué es juramento? - Juramento es traer a Dios por testigo de la verdad que se dice o de la que se promete.
379.- ¿Está siempre prohibido el jurar? - No siempre está prohibido el jurar, antes es lícito y aún de honra de Dios, cuando hay en ello necesidad y el juramento se hace con verdad, con juicio y con justicia.
380.- ¿Cuándo no se jura con verdad? - Cuando se afirma con juramento lo que se sabe o cree que es falso, o cuando con juramento se promete hacer lo que no se tiene intención de cumplir.
381.- ¿Cuándo se jura sin juicio? - Cuando se jura sin prudencia y sin madura consideración o por cosas de poca importancia.
382.- ¿Cuándo se jura sin justicia? - Cuando se jura hacer algo que no es justo o lícito, como vengarse, robar o cosas semejantes.
383.- ¿Estamos obligados a mantener el juramento de hacer cosas injustas o ilícitas? - No sólo no estamos obligados, antes pecamos haciéndolas, como cosas prohibidas por la Ley de Dios o de la Iglesia.
384.- ¿Qué pecado comete el que jura en falso? - Quien jura en falso comete pecado mortal, porque deshonra gravemente a Dios, verdad infinita, trayéndole por testigo de los falso.
385.- ¿Qué nos ordena el segundo mandamiento? - El segundo mandamiento nos ordena honrar el santo nombre de Dios y cumplir los votos, además de los juramentos.
386.- ¿Qué es voto? - El voto es una promesa que se hace a Dios de una cosa buena y a nosotros posible y mejor que su contraria, a la cual nos obligamos como si nos fuese mandada.
387.- ¿Qué se hará si el cumplimiento del voto se hiciere en todo o en parte difícil? - Se puede pedir la conmutación o la dispensa de él al propio Obispo o al Romano Pontífice, según la calidad del voto.
388.- ¿Es pecado infringir los votos? - Infringir los votos es pecado, y por esto no hemos de hacerlos sin madura reflexión y, ordinariamente, sin consejo del confesor o de otra persona prudente, por no exponernos a peligro de pecar.
389.- ¿Se pueden hacer votos a la Virgen y a los Santos? - Los votos se hacen sólo a Dios; pero se puede prometer a Dios hacer alguna cosa en honra de la virgen o de los Santos.

3º.- Del tercer mandamiento

390.- ¿Qué nos manda el tercer mandamiento: SANTIFICARÁS LAS FIESTAS? - El tercer mandamiento: santificarás las fiestas, nos manda honrar a Dios con obras de culto en los días de fiesta.
391.- ¿Cuáles son los días de fiesta? - En la ley antigua eran los sábados y otros días particularmente solemnes para el pueblo hebreo; en la ley nueva son los domingos y otras festividades establecidas por la Iglesia.
392.- ¿Por qué en la ley nueva se santifica el domingo en lugar del sábado? - En la ley nueva se santifica el domingo, que significa día del Señor, en lugar del sábado, porque en tal día resucitó Jesucristo Nuestro Señor.
393.- ¿Qué obra de culto se nos manda en los días de fiesta? - Se nos manda asistir devotamente al santo sacrificio de la Misa.
394.- ¿Con qué otras obras santifica el buen cristiano las fiestas? - En buen cristiano santifica las fiestas: 1º., asistiendo a la Doctrina cristiana, al sermón y a los divinos oficios; 2º., recibiendo a menudo y con las debidas disposiciones los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía; 3º., ejercitándose en la oración y en obras de cristiana caridad con el prójimo.
395.- ¿Qué nos prohíbe el tercer mandamiento? - El tercer mandamiento nos prohíbe las obras serviles y otras cualesquiera que nos impidan el culto a Dios.
396.- ¿Cuáles son las obras serviles que se prohíben en los días festivos? - Las obras serviles que se prohíben en los días festivos son las obras que se llaman manuales; a saber, los trabajos materiales en que el cuerpo tiene más parte que el espíritu, como las que de ordinario ejecutan los criados, obreros y artesanos.
397.- ¿Qué pecado se comete trabajando el día de fiesta? - Trabajando el día de fiesta se comete pecado mortal; pero excusa de culpa grave la brevedad del tiempo que se emplea.
398.- ¿Hay algunas obras serviles que se permiten los días de fiesta? - Se permiten los días de fiesta las obras que son necesarias a la vida o al servicio de Dios y las que se hacen por causa grave, pidiendo licencia, si se puede, al propio párroco.
399.- ¿Por qué fin se prohíben en las fiestas las obras serviles? Se prohíben en las fiestas las obras serviles para que podamos atender mejor al culto divino y a la salvación de nuestra alma y para descansar de nuestras fatigas. Por esta razón no se prohíbe en ellas algún honesto esparcimiento.
400.- ¿Qué otras cosas hemos de evitar principalmente en las fiestas? - En las fiestas hemos de evitar principalmente el pecado y todo lo que pueda inducirnos a él, como son las diversiones y reuniones peligrosas.


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viernes, 15 de abril de 2016

AMORIS LAETITIA



ANTECEDENTES

Resultado de que en Alemania el clero modernista -contaminado del protestantismo regional- ha implantado en muchas partes el sacrilegio de dar la Eucaristía a los divorciados en nueva unión (es decir a quienes viven en grave pecado y -de acuerdo con las enseñanzas de Cristo- en adulterio) contrariando la enseñanza evangélica que prohíbe la recepción de la Eucaristía a quien esté en pecado mortal, el tema se discutió durante dos años del presente pontificado (del papa Francisco) y fue impulsado por el principal instigador de este sacrilegio, el cardenal alemán Walter Kasper, a quien vivamente elogió el papa Francisco en su primer Ángelus luego de su elección (ver AQUÍ).

El tema llegó a ser el principal durante los dos sínodos sobre la familia. Es decir que se sometió a discusión y a postrer votación la aprobación del sacrilegio en la Iglesia. Kasper tuvo un papel preponderante durante los mismos -particularmente en el primer sínodo- con el elogio y el apoyo del papa (ver AQUÍ). Finalmente, tras los dos sínodos, la propuesta de Kasper no fue aprobada por falta de los votos necesarios para ello, pero sí fue apoyada por un alto número de cardenales modernistas. No obstante, y aunque se aclaraba que no alcanzó la votación requerida, quedó consignada -por deseos de Francisco- en el documento final del último sínodo.

La catolicidad fiel a la doctrina de Cristo, a las enseñanzas evangélicas y al Magisterio infalible de la Iglesia, no daba crédito al ver que el Romano Pontífice, en lugar de poner en su lugar a los clérigos alemanes que desobedecían el Magisterio de dos mil años mediante el sacrilegio contra el Cuerpo de Cristo, pidiera la discusión del mismo a todos los países, permitiera fuese propuesto en dos sínodos y que la verdad evangélica fuese puesta a votación "democráticamente" al final de los mismos, como si la Verdad Revelada por Dios estuviese sujeta a lo que pueda decir una mayoría humana.

Pasó un buen tiempo para conocerse la postura PERSONAL del papa. Muchos teólogos y cardenales publicaron estudios donde se demostraba cuál era la doctrina invariable, la doctrina inmutable al respecto, con la esperanza de que finalmente el papa volviese a recordarla de una manera clara y terminante. 

Finalmente, el papa Francisco ha publicado en este mes su exhortación postsinodal Amoris laetitia. Documento que no cumple con las condiciones que establece la Iglesia para que sea infalible, por lo que solo expresa el punto de vista personal y falible de Francisco. Por lo mismo, el resultado pudo llegar a ser verdaderamente fatal, pese a los intentos de la linea media que busca -a toda costa y con muy malos resultados- realizar la hermenéutica de la continuidad, aprovechando lo que tiene de aprovechable (aquello en que repite la doctrina de siempre) el propio documento y dizque interpretando lo que realmente quería decir Francisco y no dijo. Cabe reconocer que varios de la misma línea, finalmente, tuvieron la honradez de señalar que esto ya no es posible y que si bien se debe respetar la persona del papa, esto no significa desconocer la doctrina católica donde se indica cuáles son los límites de su autoridad, siendo que su misión es conducir la Iglesia enseñando y custodiando la Verdad Revelada que ha recibido como legado de Cristo y no puede modificar ni una iota de la misma. Como advierte y enseña el Concilio (dogmático) Vaticano Primero: “El Espíritu Santo no fue prometido a los sucesores de Pedro para que por revelación suya manifestaran una nueva doctrina, sino para que, con su asistencia, santamente custodiaran y expusieran fielmente la revelación transmitida por los apóstoles”. El Papa es DEPOSITARIO, no inventor de la Doctrina Católica.  

Recordemos que no será la primera vez en la Historia que un Pontífice yerre como persona privada al no cumplir con las condiciones -establecidas por la Iglesia- para que su magisterio sea infalible. Y que el error, como tal, no forma parte propiamente del magisterio. Gracias a Dios, cuando esto ha ocurrido Dios ha suscitado fieles que, con el debido respeto a la investidura y en defensa de la Verdad evangélica y por amor a Cristo y a su Iglesia, resisten y señalan el error. Y esto ya ha sucedido en el caso presente. Recordemos que por algo mucho menos grave san Pablo resistió a san Pedro, primer papa (ver AQUÍ).

A continuación reproducimos el que consideramos ha sido, hasta el momento, el mejor resumen del contenido de este documento:



La exhortación postsinodal Amoris laetitia: primeras reflexiones sobre un documento catastrófico

por Roberto de Mattei

Con la exhortación apostólica postsinodal Amoris laetitia, publicada el 8 de abril en curso, el papa Francisco se ha pronunciado oficialmente sobre problemas de moral conyugal que vienen debatiéndose desde hace dos años.

En el consistorio del 20 al 21 de febrero de 2014, Francisco había confiado al cardenal Kasper la misión de introducir el debate sobre este tema. La tesis de Kasper, según la cual la Iglesia debe cambiar su praxis matrimonial, fue el tema central de los sínodos sobre la familia celebrados en 2014 y 2015, y constituye el núcleo de la exhortación del papa Francisco.

Durante estos dos últimos años, ilustres cardenales, obispos, teólogos y filósofos han tomado parte en el debate para demostrar que entre la doctrina y la praxis de la Iglesia tiene que haber una íntima coherencia. La pastoral se funda precisamente en la doctrina dogmática y moral. «¡No puede haber una pastoral en desacuerdo con las verdades y la moral de la Iglesia, en conflicto con sus leyes y que no esté orientada a alcanzar el idea de la vida cristiana!», declaró el cardenal Velasio de Paolis en su alocución al Tribunal Eclesiástico de Umbría el 27 de marzo de 2014. Para el cardenal Sarah, la idea de separar el Magisterio de la praxis pastoral, que podría evolucionar según las circunstancias, modos y pasiones, «es una forma de herejía, una peligrosa patología esquizofrénica» (La Stampa, 24 de febrero de 2015).

En las semanas que han precedido a la publicación del documento se han multiplicado las intervenciones públicas de purpurados y obispos ante el Sumo Pontífice con miras a evitar la publicación de un texto plagado de errores, tomados de las numerosísimas enmiendas al borrador propuestas por la Congregación para la Doctrina de la Fe. Francisco no se ha echado para atrás. Al contrario, parece que encargó el texto definitivo de la exhortación, o al menos algunos de los pasajes clave, a teólogos de su confianza que han intentado reinterpretar a Santo Tomás a la luz de la dialéctica hegeliana. El resultado es un texto que no es ambiguo, sino claro, en su indeterminación. La teología de la praxis excluye de hecho toda afirmación doctrinal, dejando que sea la historia la que trace las líneas de la conducta en los actos humanos. Por esta razón, como afirma Francisco, «puede comprenderse» que, en el tema crucial de los divorciados vueltos a casar, «(…) no debía esperarse del Sínodo o de esta Exhortación una nueva normativa general de tipo canónico, aplicable a todos los casos» (§300). Si se tiene la convicción de que los cristianos no deben ajustar su comportamiento a principios absolutos, sino estar atentos a «signos de los tiempos», sería contradictorio formular cualquier clase de reglas.

Todos esperaban la respuesta a una pregunta de fondo: los que, tras un primer matrimonio vuelven a contraer matrimonio por la vía civil, ¿pueden recibir el sacramento de la Eucaristía? A esta pregunta, la Iglesia siempre ha respondido con un no rotundo. Los divorciados vueltos a casar no pueden recibir la comunión, porque su condición contradice objetivamente la verdad natural y cristiana sobre el matrimonio que se representa y actualiza en la Eucaristía (Familiaris consortio, § 84).

La exhortación postsinodal responde lo contrario: en líneas generales no, pero «en ciertos casos» sí (§305, nota 351). Los divorciados vueltos a casar deben ser «integrados» en vez de excluidos (§299). Su integración «puede expresarse en diferentes servicios eclesiales: es necesario, por ello, discernir cuáles de las diversas formas de exclusión actualmente practicadas en el ámbito litúrgico, pastoral, educativo e institucional pueden ser superadas» (§ 299), sin excluir la disciplina sacramental (§ 336).

En realidad, se trata de lo siguiente: la prohibición de recibir la comunión ya no es absoluta para los divorciados vueltos a casar. Por regla general, el Papa no los autoriza a recibirla, pero tampoco se lo prohíbe. «Esto –había destacado el cardenal Caffarra refutando a Kasper– afecta la doctrina. Inevitablemente. Se puede incluso decir que no lo hace, pero lo hace. Es más, se introduce una costumbre que a la larga inculca en el pueblo, sea o no cristiano, que no existe matrimonio totalmente indisoluble. Y esto desde luego se opone a la voluntad del Señor. No cabe la menor duda» (Entrevista en Il Foglio, 15 de marzo de 2014).

Para la teología de la praxis no importan las reglas sino los casos concretos. Y lo que no es posible en lo abstracto, es posible en lo concreto. Pero como acertadamente señaló el cardenal Burke, «si la Iglesia permitiera (aun en un solo caso) que una persona en situación irregular recibiese los sacramentos, eso significaría que, o bien el matrimonio no es indisoluble y por tanto la persona en cuestión no vive en estado de adulterio, o que la santa comunión no es el cuerpo y la sangre de Cristo, que por el contrario requieren la recta disposición de la persona, o sea el arrepentimiento del pecado grave y la firme resolución de no volver a pecar» (Entrevista de Alessandro Gnocchi en Il Foglio, 14 de octubre de 2014).

No sólo eso: la excepción está destinada a convertirse en una regla, porque el criterio para recibir la comunión lo deja Amoris laetitia al «discernimiento personal». El discernimiento se logra mediante «la conversación con el sacerdote, en el fuero interno» (§300), «caso por caso». ¿Y quién será el pastor de almas que se atreva a prohibir que se reciba la Eucaristìa, si «el mismo Evangelio nos reclama que no juzguemos ni condenemos» (§308) y es necesario «integrar a todos» (§297), y «valorar los elementos constructivos en aquellas situaciones que todavía no corresponden o ya no corresponden a su enseñanza sobre el matrimonio» (§292)? Los pastores que quisieran invocar los mandamientos de la Iglesia correrían el riesgo de actuar, según la exhortación, «como controladores de la gracia y no como facilitadores» (§310). «Por ello, un pastor no puede sentirse satisfecho sólo aplicando leyes morales a quienes viven en situaciones irregulares, como si fueran rocas que se lanzan sobre la vida de las personas. Es el caso de los corazones cerrados, que suelen esconderse aun detrás de de las enseñanzas de la Iglesia “para sentarse en la cátedra de Moisés y juzgar, a veces con superioridad y superficialidad, los casos difíciles y las familias heridas”» (§305).

Este lenguaje inédito, más duro que la dureza de corazón que recrimina a los «controladores de la gracia», es el rasgo distintivo de Amoris laetitia, que, no es ninguna casualidad, fue calificada por el cardenal Schöborn en la conferencia de prensa del pasado 8 de abril de «un evento lingüístico». «Lo que más me alegra de este documento -declaró el cardenal de Viena- es que supera de forma coherente la artificial división externa que distinguía entre regular e irregular». El lenguaje, como siempre, expresa un contenido. Las situaciones que la exhortación postsinodal define como «llamadas irregulares» son el adulterio público y la convivencia extramatrimonial. Para Amoris laetitia, éstas realizan el ideal del matrimonio cristiano, «de modo parcial y análogo» (§292). «A causa de los condicionamientos o de factores atenuantes, es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado -que no sea subjetivamente culpable o no lo sea de modo pleno- se pueda vivir en gracia de Dios, se pueda amar, y también se pueda crecer en la vida de la gracia y la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia» (§305), «en ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos» (nota 351).

Según la moral católica, las circunstancias, que constituyen el contexto en el que desarrolla la acción, no pueden modificar la cualidad moral de los actos haciendo buena y justa una acción intrínsecamente mala. Pero la doctrina de los absolutos morales y del mal intrínseco queda anulada por Amoris laetitia, que se acomoda a la “nueva moral” condenada por Pío XII en numerosos documentos y por Juan Pablo II en Veritatis splendor. La moral situacionista deja a la merced de las circunstancias y, en últimas, a la conciencia subjetiva del hombre, determinar qué está bien y qué está mal. Así, una unión sexual extraconyugal no se considera intrínsecamente ilícita, sino que, en tanto que acto de amor, se valora en función de las circunstancias. Dicho de un modo más general, no existe el mal en sí como tampoco pecados graves ni mortales. Equiparar a personas en estado de gracia (situaciones regulares) con personas en situación de pecado permanente (situaciones irregulares) es algo más que una cuestión lingüística: diríase que está en conformidad con la teoría luterana del hombre que es a la vez justo y pecador, condenada por el Decreto sobre la justificación en el Concilio de Trento (Denz-H, nn. 1551-1583).

La exhortación postsinodal Amoris laetitia es mucho peor que la exposición del cardenal Kasper, contra la que se han dirigido tantas y tan justas críticas en libros, artículos y entrevistas. Monseñor Kasper se limitó a plantear algunas preguntas; Amoris laetitia presenta la respuesta: abre puertas a los divorciados vueltos a casar, canoniza la moral situacionista y pone en marcha un proceso de normalización de todas las convivencias extramaritales.

Teniendo en cuenta que el nuevo documento pertenece al Magisterio ordinario no infalible, es de esperar que sea objeto de un análisis crítico profundo por parte de teólogos y pastores de la Iglesia, sin engañarse pensando que pueda aplicársele la hermenéutica de la continuidad.

Si el texto es catastrófico, más catastrófico es que lo haya firmado el Vicario de Cristo. Ahora bien, para quien ama a Cristo y a su Iglesia, es una buena razón para hablar y no quedarse callado. Hagamos nuestras, pues, las palabras de un valiente mitrado, monseñor Atanasio Schneider: «¡Non possumus! Yo no voy a aceptar un discurso ofuscado ni una puerta falsa, hábilmente ocultada para la profanación del sacramento del Matrimonio y de la Eucaristía. Del mismo modo, no voy aceptar una burla del sexto mandamiento de la Ley de Dios. Prefiero ser ridiculizado y perseguido en lugar de aceptar textos ambiguos y métodos insinceros. Prefiero la cristalina “imagen de Cristo, la Verdad, a la imagen del zorro adornado con piedras preciosas” (S. Ireneo), porque “yo sé a Quién he creído”, “scio cui credidi”» (II Tm 1, 12)» (Rorate Coeli, 2 de noviembre de 2015).

Roberto de Mattei

[Traducido por J.E.F] Fuente: Adelante la fe