domingo, 5 de mayo de 2013

EN MÉXICO: SENTENCIA DE LA SCJN A FAVOR DEL BLINDAJE LEGAL DE LOS ESTADOS FRENTE AL ABORTO


RATIFICA REFORMAS CONSTITUCIONALES DE OAXACA Y GUANAJUATO
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En sesión ordinaria, el pleno de la Corte Suprema ratificó la validez de las reformas constitucionales de Oaxaca y Guanajuato, por las que se reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción. Según informa un experto constitucionalista a HazteOir, «al resolver estas controversias, se ha sentado un precedente judicial aplicable al resto de los estados que se han pronunciado a favor de la vida, dejando en claro que no contravienen la Constitución».

04/05/13 
(HO) Las 18 reformas constitucionales emprendidas por el consiguiente número de estados mexicanos que reconocen, protegen y garantizan el derecho a la vida desde el momento de la fecundación, se vieron fortalecidas ayer jueves, 2 de mayo, con la sentencia emitida por los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de las reformas de Oaxaca y Guanajuato de 2009.
En declaraciones remitidas a Noticias HO, el Doctor en Derecho José María Soberanes Díez, profesor e investigador universitario especializado en Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Derecho Procesal, manifestó que al desecharse en la Corte las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Asunción Ixtaltepec (Oaxaca) y Uriangato (Guanajuato) «se fortalece el derecho a la vida en nuestro país». «El pleno de la SCJN ha considerado que el reconocimiento de la vida no afecta de forma alguna a los municipios, con lo que ha dejado claro el apego de las reformas a la Constitución Federal desde la óptica municipal», subrayó.
Con ello la Corte también «consideró como inoperantes los argumentosrelativos a que la protección de la vida desde la concepción trasgredían los derechos reproductivos de las mujeres y violaban el principio de estado laico», resalta el especialista en Derecho Constitucional. «Al resolver estas controversias –añade–, se ha sentado un precedente judicial aplicable al resto de los estados que se han pronunciado a favor de la vida, dejando en claro que no contravienen la Constitución».

La sentencia

En sesión ordinaria, el pleno de la Corte ratificó por cinco votos a favor y cuatro en contra la validez de las reformas constitucionales de Oaxaca y Guanajuato, aprobadas en 2009, a través de las cuales se reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción. De esa manera, los ministros desecharon las controversias constitucionales presentadas por los municipios de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, y Uriangato, Guanajuato, en la que los ayuntamientos argumentaron que la legislación a favor del derecho a la vida afectaba el ámbito de competencia de la autoridad municipal en materia de salud.

Rechazaron el desestimiento de Uriangato
Durante la sesión, que se celebró en la sede alterna de la SCJN de Avenida Revolución, y tras un debate intenso, los ministros validaron primero la reforma de Oaxaca, y dado que el caso de Guanajuato era prácticamente similar, los ministros ratificaron su voto, no sin antes rechazar el desistimiento del Ayuntamiento de Uriangrato presentado el pasado lunes a la controversia constitucional.
Los ministros José Ramón Cossío, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo Rebolledo, Margarita Luna Ramos y Alberto Gelacio Pérez Dayán votaron a favor de mantener vigentes las legislaciones de Oaxaca y Guanajuato que protegen el derecho a la vida, mientras que los ministrosFernando Franco, Juan N. Silva Meza, Luis María Aguilar y Arturo Zaldívar votaron en contra de las mismas. A la sesión no asistió la ministra Olga Sánchez Cordero, en tanto que el ministro Sergio Valls Hernández sí estuvo presente en el debate, pero se ausentó en el momento de la votación.

1 comentario:

  1. Aunque la noticia resulta buena, no lo es tanto si consideramos que la votación de los ministros fue cinco a cuatro y dos ministros no estuvieron presentes al momento de votar el proyecto y entre ellos la proabortista Olga Sánchez Cordero (por cierto, contraria al pensamiento de su padre el fallecido notario Jorge Sánchez Cordero, de pensamiento 100% católico). Ahora bien, la noticia fabulosa es que hay estados de la República Mexicana que están legislando para proteger la vida. Lo grave es que se sigan admitiendo algunas causales a nivel federal (y en las leyes locales de cada estado) para permitir este crimen. El problema de las democracias liberales como la nuestra es que la ley no parte de principios morales fundamentales y absolutos -como es el principio primario y origen de toda norma jurídica: el derecho a la vida-, sino de la "democracia" entendida como el sistema que establece las leyes y normas por el voto de la mayoría de los representantes (aunque muchas veces ni siquiera se comporten como tales al votar de manera contraria al bien de quienes los eligieron). Esa democracia no parte de la VERDAD MISMA (toda vida humana inicia en la fecundación del óvulo y desde ese instante es sujeta de derechos y debe ser protegida en cualquier caso y circunstancia), sino de la mayoría de votos que establece arbitrariamente cuando se puede asesinar a un ser recién gestado y desde cuándo se es sujeto o no de derechos. El sistema de votación sólo es lícito para buscar establecer lo mejor entre distintas posibles leyes buenas y no para poder elegir entre el bien o el mal.

    Ahí está la farsa, pues si no se puede poner a votación cuál es el resultado de 4+4, tampoco se debe poner a votación si se respeta o no el derecho fundamental de la vida, ni siquiera para establecer supuestas excepciones como las que criminalmente ya existen en nuestra legislación y de las cuales poco se dice ni tampoco se les combate suficientemente.

    De cualquier modo, al menos siquiera se lucha porque no se abra más (o totalmente) el abanico de posibilidades para que el peor crimen que existe (aniquilar a un ser humano indefenso e inocente) se multiplique. Son, de cualquier forma, buenas noticias.

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