sábado, 12 de marzo de 2016

¡MUCHOS PAÍSES DEBERÍAN TENER UN PROCURADOR ASÍ!



En un polémico pronunciamiento, el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, aseguró que la existencia legal de una persona se da desde su concepción y no desde su nacimiento como lo indica el Código Civil Colombiano.

En concepto ante la Corte Constitucional, el Procurador pidió que se ‘tumbe’ el artículo 90 del Código Civil que señala que “la existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre” y que se reconozca que todo ser humano es persona y que al Estado le corresponde garantizar sus derechos desde el momento de la concepción.

De acuerdo con Ordóñez, el artículo 90, tal y como está, contradice los artículos 1.2 y 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), donde se consagra que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”, y que “persona es todo ser humano”.

Para el Procurador, dichas disposiciones de la Convención Américana priman sobre las normas internas, de acuerdo al artículo 93, y en ese sentido la Corte tendría que analizar el Código de acuerdo con los términos del tratado internacional, considerando que el ser humano es por sí mismo persona jurídica, que tiene derecho a la protección de su vida desde la concepción, que debe ser protegido por ley y que está prohibido privar arbitrariamente de la vida a las personas.

De acuerdo con Ordóñez, debe tenerse en cuenta además que los artículos que siguen, como el 91, protegen la vida de quien está por nacer, así que una interpretación sistemática de la norma sería que el reconocimiento legal de una persona solo con el nacimiento “no implica una negación de la existencia de vida humana antes del nacimiento pues, por el contrario, para el caso en que haya nacimiento, protege ciertos derechos patrimoniales que consideraba que estaban suspendidos, que no inexistentes”.

La norma fue demandada por los ciudadanos Alexánder López Quiroz y Marco Fidel Martínez y está en manos de la magistrada Gloria Stella Ortiz.

Fuente: El Universal

No hay comentarios:

Publicar un comentario