Quienes visten el Escapulario Carmelita pueden ganar indulgencia plenaria en la fiesta de Nuestra Señora del Carmen, el 16 de Julio (o el día que se celebre).
También es posible ganar indulgencia plenaria:
1. El día en que le imponen el escapulario y se une a la familia carmelita.
2. En estas fiestas:
San Simón Stock - 16 de mayo.
Virgen del Carmen - 16 de julio o cuando se celebre.
San Elías Profeta - 20 de julio.
Santa Teresita del Niño Jesús - 3 de octubre (calendario tradicional).
Santa Teresa de Jesús - 15 de octubre.
Todos los Santos Carmelitas - 14 de noviembre.
San Juan de la Cruz - 24 de noviembre (calendario tradicional).
Se puede ganar indulgencia parcial por usar piadosamente el santo escapulario, por besarlo o por cualquier otro acto de afecto y devoción. Se aplica también a la medalla-escapulario.
Normas Generales Sobre las Indulgencias
Las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden ser aplicadas a los difuntos a modo de sufragio. Pero nadie puede aplicar a otros hombres aún vivos las indulgencias que gana.
Para ganar las indulgencias, se requieren las siguientes condiciones:
Haber recibido el bautismo, no estar excomulgado, hallarse en estado de gracia (al menos al finalizar las obras prescritas) y estar sometido a la jurisdicción de aquél que otorga las indulgencias.
Asimismo, debe tenerse la intención, por lo menos en general, de ganarlas. Y es necesario que las obras prescritas se realicen en el tiempo y modo establecidos en la concesión.
La indulgencia plenaria puede ser ganada una sola vez por día. Pero el fiel puede ganar la indulgencia “in articulo mortis” aún cuando ya haya ganado otra indulgencia plenaria ese mismo día.
La indulgencia parcial puede ser ganada varias veces por día, salvo explícita indicación en contrario.
Para ganar la indulgencia plenaria, debe cumplirse con la obra prescrita y, además, otras tres condiciones: 1. Confesión. 2. Comunión Sacramental (naturalmente en estado de gracia, esto es sin haber cometido pecado mortal después de la última confesión bien hecha). 3. Oración por las intenciones del Sumo Pontífice. Se indica además, que sea excluida toda inclinación al pecado, aún al venial. Si falta esta plena disposición, o si no se cumplen las condiciones mencionadas, la indulgencia será solamente parcial.
La condición de la Confesión puede ser cumplida ocho días antes u ocho días después de la obra prescrita.
Con una sola confesión sacramental se pueden alcanzar muchas indulgencias plenarias. En cambio, con una sola comunión eucarística y una sola plegaria según las intenciones del Sumo Pontífice se puede alcanzar una sola indulgencia plenaria.
Se cumple plenamente la condición de la oración según las intenciones del Sumo Pontífice recitando, según sus intenciones, un Padrenuestro, un Avemaría y un Gloria. Queda librado a la libertad de los fieles el recitar, además, cualquier otra plegaria según la piedad y la devoción de cada uno.
No se puede alcanzar una indulgencia con una obra que de por sí se esté obligado a hacer por ley o por precepto, a menos que en la concesión no se diga expresamente lo contrario. No obstante, quien cumple una obra que le fue impuesta como penitencia sacramental, puede al mismo tiempo satisfacer la penitencia y alcanzar la eventual indulgencia anexa a esta obra.
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