lunes, 28 de enero de 2019

EL SÉPTIMO Y DÉCIMO MANDAMIENTOS. NO ROBARÁS. NO CODICIARÁS LOS BIENES AJENOS. CATECISMO EN VIDEOS: TEMA TREINTA (ÚLTIMO)

  • COMPLEMENTADO CON EL CATECISMO DE SAN PÍO X. 


DE LOS MANDAMIENTOS DE LA LEY DE DIOS
Tomado del Catecismo mayor de San Pío X
CAPITULO III
DE LOS MANDAMIENTOS QUE MIRAN AL PRÓJIMO

4º.- Del séptimo mandamiento


433.- ¿Qué nos prohíbe el séptimo mandamiento: NO HURTARÁS? - El séptimo mandamiento: No hurtarás, prohíbe tomar o retener injustamente lo ajeno, o causar algún daño al prójimo en la hacienda, de cualquier modo que sea.

434.- ¿Qué quiere decir HURTAR? - Quiere decir tomar injustamente la hacienda ajena contra la voluntad de su dueño, es decir, cuando éste tiene toda la razón y el derecho de no querer ser privado de ella.

435.- ¿Por qué se prohíbe el hurtar? - Porque se peca contra la justicia y se hace injuria al prójimo, tomando o reteniendo contra su derecho y voluntad lo que le pertenece.

436.- ¿Que se entiende por bienes ajenos? - Bienes ajenos es todo lo que pertenece al prójimo, por tener la propiedad o el uso de ello, o por guardarlo en depósito.

437.- ¿De cuántas maneras se toman injustamente los bienes ajenos? - De dos maneras: con el hurto y con la rapiña.

438.- ¿Cuándo se comete hurto? - Se comete hurto cuando se toman ocultamente los bienes ajenos.

439.- ¿Cuándo se comete rapiña? - Se comete rapiña cuando se toman los bienes ajenos con violencia y manifiestamente.

440.- ¿En qué casos pueden tomarse los bienes ajenos sin pecado? - Cuando el dueño de ellos no lo lleva a mal, o cuando injustamente no quisiese darlos, como sucedería si uno estuviese en extrema necesidad, con tal que tomase sólo lo que le es precisamente necesario para socorrer la urgente y extrema indigencia.

441.- ¿Se perjudica en la hacienda al prójimo solamente con el hurto y la rapiña? - Se le perjudica también con los fraudes, la usura y cualquier otra injusticia contra los bienes.

442.- ¿Cómo se comete el fraude? - El fraude se comete engañando al prójimo en el comercio con pesos, medidas o monedas falsas y con mercancías averiadas; falsificando escrituras y documentos; en suma, haciendo trampas en las compras y ventas o en cualquier otro contrato, y asimismo cuando se niega uno a dar lo justo o lo convenido.

443.- Cómo se comete la usura? - La usura se comete cuando se exige sin legítimo título un interés ilícito por alguna cantidad prestada, abusando de la necesidad o ignorancia del otro.

444.- ¿Qué otras injusticias se cometen contra los bienes del prójimo? - Hacerle perder a uno injustamente lo que tiene, perjudicarle en sus propiedades, no trabajar conforme al deber, no pagar por malicia las deudas y salarios debidos, herir o matar animales que son del prójimo, dejar que se echen a perder las cosas encomendadas, impedir a otro la consecución de cualquiera justa ganancia, dar la mano al ladrón y recibir, esconder o comprar la cosa hurtada.

445.- ¿Es pecado grave hurtar? - Es pecado grave contra la justicia, cuando la materia es grave, por ser cosa importantísima que se respete el derecho de cada cual a lo suyo, y esto para bien de los individuos, de las familias y de la sociedad.

446.- ¿Cuándo es grave la materia del hurto? - Es grave cuando se quitan cosas de importancia, y también, aunque lo que se hurta sea de escasa monta, si con ello se perjudica notablemente al prójimo.

447.- ¿Qué nos manda el séptimo mandamiento? - El séptimo mandamiento nos manda que se respete la hacienda ajena, que se pague el jornal justo al operario y que se guarde la justicia en todo lo que mira a la propiedad de los demás.

448.- ¿Basta la confesión al que ha pecado contra el séptimo mandamiento? - Al que ha pecado contra el séptimo mandamiento no le basta la confesión, sino que debe hacer lo que pueda para restituir lo ajeno y resarcir los perjuicios.

449.- ¿En qué consiste resarcir los perjuicios? - Resarcir los perjuicios consiste en la compensación que ha de darse al prójimo por lo frutos o ganancias que perdió a causa del hurto o de otras injusticias cometidas con daño de él.

450.- ¿A quien se debe restituir la cosa robada? - A quien se robó, a su herederos si ya murió, y si esto fuese verdaderamente imposible, debe gastarse el valor en beneficio de los pobres y obras pías.

451.- ¿Qué debe hacerse cuando se encuentra una cosa de gran valor? - Debe emplearse gran diligencia en buscar al dueño y restituirla con fidelidad.

6º.- Del décimo mandamiento

467.- ¿Qué nos prohíbe el décimo mandamiento: NO CODICIARÁS LOS BIENES AJENOS? - El décimo mandamiento: No codiciarás los bienes ajenos, nos prohíbe el deseo de quitar a otros sus bienes y el de adquirir hacienda por medios injustos.

468.- ¿Por qué prohíbe Dios aun el deseo de los bienes ajenos? - Dios prohíbe los deseos desordenados de los bienes ajenos porque quiere que aun interiormente seamos justos y que nos mantengamos siempre muy lejos de las acciones injustas.

469.- ¿Qué nos manda el décimo mandamiento? - El décimo mandamiento nos manda que estemos contentos con el estado en que Dios nos ha puesto, y que suframos con paciencia la pobreza cuando el Señor nos quiera en ese estado.

470.- ¿Cómo puede el cristiano estar contento en el estado de pobreza? - El cristiano puede estar contento aun en el estado de pobreza, si considera que la mayor felicidad es la conciencia pura y tranquila, que nuestra verdadera patria es el cielo, que Jesucristo se hizo pobre por nuestro amor y ha prometido un premio especial a los que sufren con resignación la pobreza.

NOTA: Éste es el último de la serie "Catecismo en videos". Para ver todos los videos, haz clic aquí: http://www.catolicidad.com/search/label/CATECISMO%20EN%20VIDEOS

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