viernes, 10 de julio de 2026

LA SINODALIDAD CONTRA LA UNIDAD. De la Iglesia que recibe la fe a la Iglesia que se produce por consenso.



Óscar Méndez Oseguera

La Iglesia no se hace una caminando; camina porque ya es una. Su unidad no nace de un método, ni de una conversación, ni de una síntesis de experiencias, sino de Cristo mismo, único Esposo de una única Esposa. Por eso toda reforma eclesial debe ser juzgada por su fidelidad a aquello que la Iglesia ha recibido, no por su capacidad de producir consenso. Allí donde el proceso pretende ocupar el lugar de la Tradición, la sinodalidad deja de ser instrumento de comunión y comienza a operar como una contraforma de la unidad católica: sin alterar el ser indefectible de la Iglesia, oscurece su visibilidad y pervierte su modo ordinario de obrar, sustituyendo la transmisión del depósito revelado por la administración de pareceres divergentes.

La Revelación pública alcanzó su plenitud en Jesucristo. No hay que esperar otra revelación antes de la manifestación gloriosa de Nuestro Señor; la Iglesia no vive de inventar una verdad nueva, sino de custodiar, exponer y transmitir fielmente la verdad recibida. La unicidad de la Iglesia tampoco es una conclusión pastoral: así como hay un solo Cristo, hay un solo Cuerpo y una sola Esposa; la única Iglesia de Cristo subsiste en la Iglesia Católica, gobernada por el Sucesor de Pedro y los obispos en comunión con él.  

No se impugna aquí la existencia de sínodos, consejos o formas prudenciales de escucha dentro de la constitución jerárquica de la Iglesia. La Iglesia conoció desde antiguo la deliberación episcopal, la consulta pastoral y los concilios ordenados al bien común sobrenatural. Lo que debe ser juzgado con severidad es el sinodalismo constituyente: la pretensión de convertir el proceso en principio de autocomprensión, gobierno y reforma; la tentación de que la Iglesia ya no se entienda desde la Revelación recibida, sino desde el camino histórico mediante el cual se escucha, se discierne y se reformula a sí misma.

El sinodalismo no puede abolir aquello que Cristo fundó, porque la Iglesia es indefectible. Pero sí puede pervertir su principio operativo visible. Al convertir la escucha en fuente práctica de doctrina, moral y régimen, introduce una inteligencia de la Iglesia que sustituye la causalidad descendente de la verdad recibida, custodiada y transmitida, por la causalidad ascendente del consenso producido.

I. La Iglesia una: principio anterior a todo proceso

La unicidad de la Iglesia no es un resultado pastoral, sino un dato teológico. La Iglesia es una porque Cristo es uno. La unidad no es un clima, una sensibilidad ni un procedimiento; es una propiedad esencial de la sociedad sobrenatural fundada por el Verbo encarnado.

La propia Comisión Teológica Internacional, en su documento de 2018 sobre la sinodalidad, define ésta como modus vivendi et operandi de la Iglesia, pero dentro de una comunidad jerárquicamente estructurada. El sínodo, la asamblea o el consejo no constituyen una potestad paralela; sirven a la comunión bajo los pastores legítimos. Si se toma en serio ese principio, la dimensión operativa no puede redefinir las fuentes de la comunión que la precede.  

La Iglesia puede caminar porque ya tiene principio, forma y fin. No es una peregrinación indeterminada que descubre su identidad al avanzar; es la Esposa que camina hacia la consumación de aquello que ya recibió de su Señor. Si se olvida esto, el camino ya no conduce a la verdad: el camino comienza a producirla. Esta es la primera fractura: la unidad católica se funda en la verdad recibida; el sinodalismo tiende a fundarla en el proceso compartido. Pero una unidad fundada en el proceso no es unidad católica; es unidad de conversación. Puede conservar los símbolos de la comunión, pero ha cambiado su raíz.

II. Los tres vínculos de la comunión y la objeción del desarrollo

Conforme al derecho de la Iglesia y a la doctrina clásica de la visibilidad, la plena comunión en la Iglesia visible se reconoce por tres vínculos: la profesión de una misma fe, la participación en los mismos sacramentos y la sujeción al mismo régimen eclesiástico. Lumen gentium enseña que están plenamente incorporados a la sociedad de la Iglesia quienes aceptan íntegramente su constitución y los medios de salvación establecidos en ella; el canon 205 lo expresa con claridad al hablar de los vínculos de profesión de fe, sacramentos y régimen eclesiástico.  

El sinodalismo contemporáneo introduce, de facto, un cuarto vínculo espurio: el vínculo procedimental. Ya no basta conservar la fe, los sacramentos y la obediencia jerárquica; es necesario adherirse a la gramática del proceso. Quien conserva la doctrina pero resiste el método aparece como faccioso; quien erosiona el dogma pero participa de la conversación es validado como interlocutor. El proceso se vuelve así más vinculante que el depósito.

Frente a esta deconstrucción, el pensamiento reformista ensayará su defensa más sofisticada apelando a la doctrina del desarrollo doctrinal, a Newman o a una lectura expansiva de Dei Verbum 8. Dirán que la sinodalidad es maduración homogénea de la autocomprensión eclesial. Pero la apelación tropieza con el límite de san Vicente de Lérins: para que el desarrollo sea orgánico y no corrupción heterogénea debe darse in eodem scilicet dogmate, eodem sensu eademque sententia: en el mismo dogma, en el mismo sentido y en la misma sentencia. El desarrollo católico explicita lo contenido en la premisa; no lo contradice en la práctica.

Cuando la praxis sinodal autoriza interpretaciones divergentes de la moral o del acceso a los sacramentos, no desarrolla el dogma: suspende su imperio práctico. Mantiene la fórmula abstracta intacta mientras esteriliza su consecuencia. Según la lógica misma del desarrollo homogéneo, la preservación del tipo es criterio de autenticidad; si se altera el tipo de la autoridad descendente y de la unidad visible, no hay desarrollo, sino corrupción.

III. La autoridad invertida: de la custodia a la administración de pareceres

El verdadero asunto de la deriva sinodal es la justa comprensión de la potestas recibida de Cristo para custodiar, enseñar y gobernar. La autoridad en la Iglesia no es delegación ascendente de los fieles, sino mandato descendente. El Magisterio existe para juzgar las experiencias a la luz de la fe, no para adaptar la fe al peso de las experiencias.

El sinodalismo transforma la operación de la autoridad. El pastor ya no aparece principalmente como quien enseña y gobierna en nombre de Cristo, sino como quien facilita y sintetiza procesos. La autoridad no desaparece; se disuelve inmanentemente en el mecanismo. La sinodalidad no democratiza la autoridad para destruirla; la disuelve en el procedimiento para desresponsabilizar al gobernante. El pastor deja de responder por la verdad enseñada y comienza a ampararse en el “discernimiento comunitario”. La unidad deja de ser formalmente doctrinal, sacramental y jerárquica, para volverse meramente administrativa.

El Documento Final de la XVI Asamblea de 2024 afirma que recoge un camino marcado por la escucha del Pueblo de Dios y por el discernimiento de los pastores; su publicación fue aprobada por el Papa Francisco, y Episcopalis communio prevé que, si el Documento Final es aprobado expresamente por el Romano Pontífice, participa del Magisterio ordinario del Sucesor de Pedro. La novedad no consiste en que el proceso se otorgue autoridad a sí mismo, sino en que el fruto de una dinámica de escucha y síntesis queda jurídicamente dispuesto para ser asumido en el orden magisterial.  

De ahí nace la pregunta decisiva: ¿qué juzga a qué? Si el depósito de la fe juzga la síntesis, el procedimiento permanece en su lugar instrumental. Pero si la síntesis, revestida de una investidura superior, comienza a amparar lo que antes debía ser juzgado por el depósito, entonces el instrumento deja de servir a la verdad y empieza a ocupar su lugar práctico.

IV. Del sensus fidei a la opinión común de los bautizados

Este desplazamiento operativo exige desnaturalizar el concepto del Pueblo de Dios. El sensus fidei no es encuesta sociológica ni promedio de las sensibilidades de los bautizados; es connaturalidad sobrenatural con la verdad revelada, que presupone la gracia, la docilidad al Magisterio y la permanencia en la Tradición.

La Comisión Teológica Internacional, en su documento de 2014, distingue expresamente el sensus fidei de la opinión pública, y señala condiciones para su autenticidad: participación en la vida de la Iglesia, escucha de la Palabra de Dios, apertura a la razón, adhesión al Magisterio, santidad y búsqueda de la edificación eclesial. Ese documento es un testigo contra la deriva que pretende confundir el sentido de la fe con el parecer cambiante de los fieles tomados sociológicamente.  

Cuando el sensus fidei se traduce en escucha democrática, la Revelación deja de ser regla y se vuelve materia de interpretación. Una cosa es conocer las heridas de los hombres para curarlas con la verdad, y otra muy distinta inclinar la doctrina hacia la herida hasta deformarla. Al tratar el habla de la asamblea como función cuasi-revelante, la experiencia sustituye al depósito y se multiplican los centros de interpretación local.

V. El protestantismo comunitario

La acusación de protestantización debe formularse con precisión teológica. No se trata de una ruptura frontal con Roma, sino de la adopción de un principio interpretativo semejante en su estructura de disolución. El protestantismo clásico sustituyó el Magisterio por el libre examen individual, destruyendo el principio suficiente de la unidad visible y provocando una fragmentación inevitable.

El sinodalismo modernista sustituye el Magisterio por el libre examen comunitario. Ya no es el individuo aislado, sino la asamblea, la conferencia episcopal o el grupo de discernimiento territorial el que se erige en sujeto normativo de la interpretación práctica, adaptando la Tradición a su experiencia histórica. El lenguaje formal permanece romano, pero el principio operativo es protestantizante: el sujeto receptor de la verdad comienza a obrar como instancia determinante de su sentido.

La historia protestante enseña que, cuando se pierde el principio visible de unidad, la fe común se vuelve lectura propia, la Escritura común se vuelve interpretación de grupo, la comunidad común se vuelve denominación, y la reforma se vuelve reforma de la reforma. Trasladado al campo católico, el peligro no es la aparición formal de nuevas denominaciones, sino la coexistencia de catolicismos prácticos e incompatibles bajo una misma administración visible.

VI. Tres signos documentados de la ruptura práctica

La disolución de la unidad no se anuncia necesariamente como cisma jurídico; se instala como praxis fragmentada que altera la inteligencia del fiel.

El primer signo es la regionalización de la moral práctica. Fiducia supplicans abrió la posibilidad de bendiciones no litúrgicas a parejas en situación irregular y a parejas del mismo sexo, cuidando de afirmar que no debía producirse confusión con la bendición propia del matrimonio. Sin embargo, el SECAM, por voz del cardenal Fridolin Ambongo, declaró que en África no se ofrecerían tales bendiciones por razón de escándalo y confusión, manteniendo a la vez su comunión con el Papa. La nota posterior de la DDF reconoció la necesidad de clarificar la recepción del documento y admitió que en algunos contextos podían requerirse tiempos más prolongados de reflexión pastoral. El resultado visible fue una pluralidad práctica oficialmente tolerada: lo que en unos lugares podía presentarse como gesto pastoral, en otros fue declarado impracticable por peligro de escándalo.  

El segundo signo es la pretensión de normatividad local. El Camino Sinodal alemán mostró con claridad este riesgo. La Santa Sede tuvo que advertir que dicho camino no tenía facultad para obligar a obispos y fieles a adoptar nuevas formas de gobierno ni nuevos enfoques de doctrina y moral. Esa intervención romana prueba que el peligro no era imaginario: una estructura local podía obrar como si poseyera potestad para reorientar doctrina, moral y régimen.  

El tercer signo es la asimetría punitiva como criterio de gobierno. Mientras la autoridad despliega severidad centralizada frente a la liturgia romana tradicional —Traditionis custodes y los Responsa ad dubia buscaron regular estrictamente el uso de los libros litúrgicos anteriores a la reforma de 1970, presentando como criterio la salvaguarda de la comunión eclesial—, se concede paciencia, diálogo y tiempo a procesos que tocan doctrina, moral y régimen. Esto no prueba por sí solo cisma formal; pero revela una orientación: la fijeza tradicional es tratada como peligro inmediato, mientras la innovación doctrinal difusa suele ser tratada como proceso a acompañar.  

VII. El laboratorio alemán y el inmanentismo religioso

El caso alemán merece un examen aparte, no como excentricidad geográfica, sino como anticipación: muestra qué ocurre cuando la lógica del proceso asume una función constituyente local y pretende ordenar doctrina, moral y régimen desde la experiencia histórica de una Iglesia particular.

Este laboratorio devela una raíz modernista ya descrita por san Pío X: el inmanentismo religioso. Pascendi dominici gregis denuncia la doctrina según la cual el sentimiento religioso brota por “vital inmanencia” y hace de la conciencia religiosa una regla a la que incluso la autoridad doctrinal y disciplinar quedaría sometida. En esa lógica, la Iglesia y la autoridad brotan de la conciencia religiosa, y el magisterio tiende a formular lo que corresponde a la conciencia común.  

El sinodalismo alemán opera como si la fe no viniera de fuera por la predicación de una verdad recibida —fides ex auditu—, sino como si brotara de la conciencia colectiva y de la experiencia evolutiva del Pueblo de Dios. El sínodo se transforma así en instrumento técnico para extraer y ordenar esa supuesta revelación inmanente.

VIII. Dos inteligencias de la Iglesia en pugna

Dogmáticamente, la Iglesia de Cristo es una e indefectible; no existen dos Iglesias ontológicas. Pero eclesiológicamente coexisten dos principios incompatibles dentro del mismo cuerpo visible: el principio católico de la Tradición recibida y el principio sinodal-modernista del proceso constituyente.

En el principio católico, el origen del sentido es la Revelación clausurada con los Apóstoles; en la contraforma sinodalista, los signos de los tiempos reciben un valor práctico que roza una función cuasi-revelante. En el principio católico, el nexo de unidad es la profesión unívoca de la fe ortodoxa; en la contraforma sinodalista, la inclusión procedimental en el “caminar juntos”. En el principio católico, la autoridad custodia imperativamente el depósito; en la contraforma sinodalista, facilita, recibe y sintetiza el consenso. En el principio católico, la verdad juzga, corrige y ordena la acción; en la contraforma sinodalista, la experiencia histórica reinterpreta la verdad.

No estamos ante una separación externa, sino ante una contraforma que parasita instituciones, lenguaje y estructuras de obediencia. Su eficacia radica en evitar el cisma formal para operar una disolución interior. Conserva los signos exteriores de comunión mientras adelgaza los vínculos reales de la unidad.

IX. Conclusión: la sumisión de la sinodalidad a la unidad

La Iglesia Católica no es una posibilidad histórica disponible para ser reformulada por un procedimiento de autocomprensión comunitaria. Su identidad no nace del consenso de los vivos, sino de la Revelación confiada de una vez para siempre a los Apóstoles.

La sinodalidad sólo es legítima si permanece estrictamente subordinada a la unidad de la fe, de los sacramentos y del régimen apostólico. Cuando se independiza y pretende erigirse en criterio de autoconstrucción, rompe la unidad porque altera su fuente: de la fe al proceso, de la Tradición al consenso, del Magisterio a la escucha, del régimen apostólico a la administración participativa de pareceres.

Donde había depósito, introduce discernimiento constituyente; donde había Tradición, introduce camino; donde había autoridad apostólica, introduce administración de consensos; donde había unidad de fe, introduce pluralidad coordinada; donde había misión de conversión, introduce inclusión sin retorno.

La Iglesia no será salvada por escucharse a sí misma, sino por escuchar de nuevo a su Señor. Allí donde el proceso sustituye a la identidad, ya no estamos ante una reforma, sino ante la forma moderna de una ruptura que todavía no se atreve a pronunciar su nombre.

La Iglesia no necesita convertirse en producto de un camino. Necesita permanecer fiel a la verdad que la constituye. Sólo permaneciendo católica sigue siendo visiblemente una.

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